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30 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO

Resolución 63/2025

RESOL-2025-63-APN-MDYTE

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-45612405- -APN-DGDYD#JGM, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto 438/92) y sus modificatorios, la Ley de Contratos de Trabajo N° 20.744, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017, y la Resolución del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 48 de fecha 14 de mayo de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 48 de fecha 14 de mayo de 2025 tiene por finalidad establecer criterios para la contratación de personal en la Administración Pública Nacional bajo el régimen de la Ley de Contratos de Trabajo N° 20.744.

Que el artículo 1° de la referida norma dispuso: “Establécese que, a partir del 1° de julio de 2025, los sujetos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 solo podrán contratar y/o efectuar renovaciones en los términos del artículo 93 de la Ley N° 20.744 al personal que hubiera aprobado la Evaluación General de Conocimientos y Competencias en los términos de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA N° 26/24”.

Que por un error material involuntario se ha omitido la mención del artículo 90 de la Ley N° 20.744 en el citado artículo, que comporta una de las modalidades de contratación de la Administración Pública Nacional.

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017 establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión”.

Que resulta necesario en esta instancia rectificar el error material involuntario, reemplazando la expresión “en los términos del artículo 93 de la Ley N° 20.744” por la expresión correcta: “en los términos de los artículos 90 y 93 de la Ley N° 20.744” del artículo 1° de la citada Resolución.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE ASUNTOS NORMATIVOS, RECLAMOS Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

El MINISTRO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el artículo 1° de la Resolución del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 48 de fecha 14 de mayo de 2025, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1º.- Establécese que, a partir del 1° de julio de 2025, los sujetos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, solo podrán contratar y/o efectuar renovaciones en los términos de los artículos 90 y 93 de la Ley de Contratos de Trabajo N° 20.744 al personal que hubiera aprobado la Evaluación General de Conocimientos y Competencias en los términos de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 26 de fecha 4 de diciembre de 2024 .”

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Federico Adolfo Sturzenegger

e. 30/05/2025 N° 36565/25 v. 30/05/2025

Fecha de publicación 30/05/2025