INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 387/2025
RESOL-2025-387-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2025
VISTO el EX-2024-76841089- -APN-SGS#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y las Resoluciones INCAA N° 447 de fecha 26 de julio de 2024, N° 95 de fecha 9 de diciembre de 2024 y N° 108 de fecha 16 de diciembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, en adelante Ley de Cine, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), ente público no estatal del ámbito de la SECRETARÍA DE CULTURA DE LA NACIÓN, tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.
Que mediante Resoluciones INCAA N° 447/2024 y su modificatoria N° 108/2024 se aprobó el Reglamento para la selección y funcionamiento de Jurados y Comités, con el objetivo de optimizar y transparentar el proceso de evaluación y selección de proyectos audiovisuales que buscan apoyo del Plan de Promoción.
Que su implementación responde a la necesidad de garantizar imparcialidad, eficiencia y profesionalismo en cada etapa del proceso, asegurando así el uso adecuado de los recursos públicos y la promoción de proyectos de alta calidad.
Que los jurados y comités de selección desempeñan un rol fundamental en los procesos de evaluación, aportando con su criterio, experiencia y compromiso a la consolidación de políticas culturales transparentes y de calidad.
Que la participación en dichas instancias requiere de un alto grado de responsabilidad, disponibilidad y especialización.
Que resulta necesario establecer mecanismos de incentivo que reconozcan y estimulen la labor de quienes integran estos cuerpos colegiados, promoviendo su continuidad y profesionalización en el marco de las políticas culturales del organismo, constituyendo además una oportunidad de formación, vinculación y actualización profesional.
Que como forma de premiar el trabajo realizado por jurados y comités se establece un programa de incentivo que consistirá en premiar a 2 (DOS) ganadores con un viaje a un festival internacional de cine determinado por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que los beneficiarios del programa de incentivo serán sorteados de manera pública y transparente, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el INSTRUCTIVO DE SELECCIÓN ALEATORIA DE POSTULANTES, aprobado mediante Resolución INCAA N° 95/2024.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL, la SUBGERENCIA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de competencia.
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer un programa de incentivo destinado a reconocer la labor de jurados y comités que hayan participado en los procesos de evaluación y selección de proyectos durante cada año calendario.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que serán 2 (DOS) los ganadores del programa de incentivo por año y que cada uno recibirá un viaje que incluye pasaje aéreo, alojamiento y acreditación a un festival internacional de cine que determine el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 3°.- Determinar que los beneficiarios del programa de incentivo serán sorteados de manera pública y transparente, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el INSTRUCTIVO DE SELECCIÓN ALEATORIA DE POSTULANTES, aprobado mediante la Resolución INCAA N° 95/2024, garantizando igualdad de oportunidades para todos los integrantes de jurados y comités que hayan participado durante el año calendario.
ARTÍCULO 4°.- El presente programa de incentivo para Jurados y Comités, estará sujeto a disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 5°.- Determinar que la presente Resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación.
ARTÍCULO 6°.- Publicar en la página web del INCAA http://www.incaa.gob.ar.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
e. 02/06/2025 N° 37159/25 v. 02/06/2025
Fecha de publicación 02/06/2025