AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE
Disposición 27/2025
DI-2025-27-E-ARCA-DIRSFE#SDGOPII
Santa Fe, Santa Fe, 29/05/2025
VISTO la NO-2025-01993576-AFIP-DTRECO#SDGOPII de los registros de esta AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO, y
CONSIDERANDO
Que por el Articulo 95 de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones) y el artículo sin número incorporado a continuación del articulo 62 del Decreto 1397/79, reglamentario de la ley citada, se faculta al nombramiento de Oficial de Justicia “Ad Hoc”.
Que en atención a las necesidades operativas y funcionales del Distrito Reconquista y de acuerdo a la solicitud efectuada por el Jefe (Int.) de Oficina a/c del Distrito Reconquista, Cont. Púb. MARCELO DANIEL SASSIA FRIGGERI, por intermedio de la nota referenciada en el visto de la presente, es que se considera pertinente la designación de un oficial de justicia ad-hoc en dicha jurisdicción.
Que en ese sentido, el mencionado Jefe (Int.) de Oficina a/c del Distrito Reconquista, propone al agente José Gregorio Donoso -CUIL Nº 20223776362- Legajo 37474/75, para cumplir con las tareas de Oficial de Justicia “Ad Hoc” en jurisdicción del Distrito Reconquista de la Dirección Regional Santa Fe.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por DI-2022-14-E-AFIPSDGOPII·DGIMPO y acorde a lo establecido en los artículos 2°, 6° y 7° del Decreto N° 953/2024, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL JEFE (INT) DE LA DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS A/C CARGO
DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE
ARTÍCULO 1°.- Desígnese como Oficial de Justicia “ad hoc” al agente José Gregorio Donoso, CUIL Nº 20-22377636-2, Legajo Nº 37474/75, en jurisdicción del Distrito Reconquista de la DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE.
ARTÍCULO 2°.- El agente designado cumplirá sus funciones de acuerdo a las reales necesidades de cantidad, tiempo y oportunidad, a cuyo efecto se faculta para su asignación al Jefe (Int.) de Oficina a/c del Distrito Reconquista.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y archívese.
Cristian Enrique Rodrigo Baella
e. 02/06/2025 N° 37152/25 v. 02/06/2025
Fecha de publicación 02/06/2025