MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 255/2025
RESOL-2025-255-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-39524069- -APN-DRRHHE#MCH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por los Decretos Nros. 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 y 1131 de fecha 27 diciembre 2024, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 1032 de fecha 10 de agosto de 2006, 292 de fecha 27 de marzo de 2007, 145 de fecha 22 de enero de 2008, 1809 de fecha 5 de noviembre de 2008, 810 de fecha 29 de junio de 2009, 391 de fecha 17 de marzo de 2010, 2190 de fecha 30 de diciembre de 2010, 1235 de fecha 16 de agosto de 2011, 739 de fecha 14 de mayo de 2012, 196 de fecha 8 de febrero de 2013, 2224 de fecha 18 de diciembre de 2013, 1327 de fecha 11 de agosto de 2014, 697 de fecha 28 de abril de 2015, 1165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y su modificatorio N° 851 de fecha 23 de octubre de 2017, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 8 de fecha 10 de diciembre de 2023 y sus complementarios, 862 de fecha 27 de septiembre de 2024, sus modificatorios y complementarios, 958 de fecha 25 de octubre de 2024, las Decisiones Administrativas Nros. 287 de fecha 8 de abril de 2016, 791 de fecha 3 de agosto de 2016 y 3 de fecha 15 de enero de 2025, las Resoluciones Nros. 335 de fecha 26 de enero de 2017 del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, 4.672 de fecha 22 de diciembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, 483 de fecha 27 de septiembre de 2018 y 1936 de fecha 15 de julio de 2019 del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, 2453 de fecha 26 de julio de 2021, 1312 de fecha 12 de mayo de 2022, 219 de fecha 26 de enero de 2023 y 2377 de fecha 11 de octubre de 2023 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, 634 de fecha 10 de septiembre de 2024 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, 20 de fecha 15 de noviembre de 2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 8/23 se sustituyó el artículo 1º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el artículo 4° del citado Decreto se sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios, estableciéndose las facultades de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de cada Ministerio en particular.
Que el artículo 10 de dicho Decreto estableció que todos los compromisos y obligaciones oportunamente asumidas por los entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, MINISTERIO DE CULTURA, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y por el MINISTERIO DE MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, estarán a cargo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.
Que por el artículo 12 del mencionado Decreto se dispuso que hasta tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, los Servicios Administrativos Financieros y los Servicios Jurídicos Permanentes de origen, prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y las acciones a cargo de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
Que por el Decreto Nº 1032/06 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA el cargo con Función Ejecutiva de Director General de Administración y Gestión Financiera dependiente de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
Que en el artículo 2° de la referida medida se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la misma.
Que por el Decreto N° 292/07 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 145/08, 1809/08, 810/09, 391/10, 2190/10, 1235/11, 739/12, 196/13, 2224/13, 1327/14, 697/15, 1165/16 y su modificatorio N° 851/17, las Decisiones Administrativas Nros. 287/16 y 791/16 y las Resoluciones Ministeriales Nros. 335/17 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, 4672/17 (RESOL-2017-4672-APN-ME) del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, 483/18 (RESOL-2018-483-APN-MECCYT) y 1936/19 (RESOL-2019-1936-APN-MECCYT) del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, 2453/21 (RESOL-2021-2453-APN-ME), 1312/22 (RESOL-2022-1312-APN-ME), 219/23 (RESOL-2023-219-APN-ME) y 2377/23 (RESOL-2023-2377-APN-ME) del MINISTERIO DE EDUCACION, 634/24 (RESOL-2024-634-APN-MCH) del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.
Que por el Decreto N° 862/24, sus modificatorios y complementarios, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y, en lo que aquí interesea, se homologó la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN, entonces DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, Función Ejecutiva Nivel II, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto Nº 958/24 se establece que corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, disponer y/o prorrogar asignaciones transitorias de funciones para los casos de las estructuras organizativas que dependan de cada una de ellos, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por los Decretos Nros. 88/23 y 1131/24, y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 3/25.
Que la presente medida se tramita de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Resolución Nº 20/24 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE EDUCACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN ha intervenido según sus competencias.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, han intervenido conforme sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada a partir del 2 de abril de 2025 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria del Licenciado Juan Pablo PALE (D.N.I. N° 21.920.188), en el cargo de DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN, Nivel A, Función Ejecutiva II, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO; autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de la notificación de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la JURISDICCIÓN 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, SUBJURISDICCIÓN 04 - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese al Licenciado Juan Pablo PALE (D.N.I. N° 21.920.188).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días de su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 04/06/2025 N° 38034/25 v. 04/06/2025
Fecha de publicación 04/06/2025