MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 237/2025
RESOL-2025-237-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2024-69030435-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2024-102879023-APN-SE#MEC, EX-2024-140524271-APN-SE#MEC, EX-2024-125996981-APN-SE#MEC, EX-2025-16501852-APN-DGDA#MEC, EX-2025-31876160-APN-DGDA#MEC, EX-2025-45020497-APN-DGDA#MEC, EX-2025-47860475-APN-DGDA#MEC y EX-2025-51634837-APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336, 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa LDC ARGENTINA S.A. solicitó el cambio de categoría como agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), pasando de la condición actual de Gran Usuario Mayor (GUMA, LDC-GLSY) a la de Agente Autogenerador, en virtud de la incorporación de una turbina de vapor de VEINTICUATRO MEGAVATIOS (24 MW), destinada a abastecer en forma parcial la demanda eléctrica de su complejo industrial ubicado en el Departamento Rosario, Provincia de SANTA FE, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la Estación Transformadora General Lagos, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPESF).
Que la Central Térmica Arroyo Seco, cuya infraestructura es compartida, fue previamente habilitada como Agente Cogenerador a nombre de Generación Litoral S.A. mediante la Resolución Nº 62 de fecha 8 de mayo de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para una potencia total de 107 MW.
Que la turbina de vapor objeto de esta resolución se encuentra físicamente integrada en dicha central, y ha sido asignada funcional y administrativamente a la operación de la empresa LDC ARGENTINA S.A., con el fin de abastecer parcialmente su consumo industrial y eventualmente inyectar excedentes al Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
Que mediante la Nota N° B-177780-1 de fecha 20 de diciembre de 2024, (IF-2025-16499320-APN-DGDA#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2025-16501852-APN-DGDA#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), informa que la empresa LDC ARGENTINA S.A. cumple, para la turbina de vapor, los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM, como así también con la información requerida para la Base de Datos Estacional del Sistema, Capítulo 2 y Anexos 1 y 2 de Los Procedimientos. Agrega CAMMESA que la empresa LDC ARGENTINA S.A. deberá cumplimentar con el equipamiento correspondiente para satisfacer los requerimientos del Anexo 24 de Los Procedimientos en lo referente al sistema de comunicaciones SCOM, SMEC y SOTR.
Que mediante la Resolución N° 343 de fecha 12 de septiembre de 2018, (IF-2025-45019235-APN-DGDA#MEC), y la Nota N° NO-2023-00231256-GSF-DDDZ#MMA (IF-2025-50898153-APN-DNRYDSE#MEC), ambos obrantes en el Expediente N° EX-2025-45020497-APN-DGDA#MEC, la Autoridad Ambiental de la Provincia de SANTA FE resuelve aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de la Central Térmica Arroyo Seco.
Que mediante la Nota de fecha 15 de abril de 2025, (IF-2025-47860747-APN-DGDA#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2025-47860475-APN-DGDA#MEC, la Autoridad Ambiental de la Provincia de SANTA FE concluye que la turbina de vapor objeto de esta solicitud fue contemplada en la Evaluación de Impacto Ambiental de la Central Térmica Arroyo Seco, y consecuentemente en la citada resolución de aprobación.
Que la empresa LDC ARGENTINA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.670 de fecha 21 de mayo de 2025 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa LDC ARGENTINA S.A. el cambio de categoría de Gran Usuario Mayor (GUMA, LDC-GSLY) a la de Autogenerador en virtud de la incorporación de una turbina de vapor de VEINTICUATRO MEGAVATIOS (24 MW), ubicada en el Departamento Rosario, Provincia de SANTA FE, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la Estación Transformadora General Lagos, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPESF).
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT), derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa LDC ARGENTINA S.A., titular de la unidad de autogeneración. A tal fin, se faculta a CAMMESA a realizar los cargos correspondientes dentro del período estacional en que dichos costos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa LDC ARGENTINA S.A., a CAMMESA, a la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPESF), y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado en el ámbito de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 04/06/2025 N° 37810/25 v. 04/06/2025
Fecha de publicación 04/06/2025