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6 de Junio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 3789/2025

DI-2025-3789-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2025

VISTO el Expediente EX-2025-42709289-APN-DVPS#ANMAT y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las actuaciones referidas en el VISTO en virtud de una consulta recibida en el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, por la cual se tomó conocimiento de la comercialización de un producto con los siguientes datos de rotulado: 1) “LAVANDINA BÁSICA. lava dun. Blanquea, limpia y desinfecta. Composición: Solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 25g CL/L a la salida de fábrica. Lote 2638. 26-07-24. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47. (B1686MLA) Hurlingham – B. As. RNE 020045624 – RNPUD: DVPS 0250001. Elaborado por: RNE 020045624”.

Que el motivo de dicha consulta se debió a que el rótulo del producto tenía datos de registro de otro producto de la misma firma; es decir, la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. posee registrados dos productos de la categoría agua lavandina cuyos datos de registro ante ANMAT son los siguientes: a) Agua lavandina concentrada. LAVA DUN. Hipoclorito de sodio (100 GCL/L) 55%. RNPUD 0250001; b) Agua lavandina común. LAVA DUN. Hipoclorito de sodio (100 GCL/L) 25%. RNPUD 0250002.

Que asimismo, el rótulo del producto sujeto a la consulta no coincidía con ninguno de los productos registrados por la firma e incumplía la normativa vigente aplicable a aguas lavandinas.

Que en función de lo expuesto, se citó a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. a fin de que realizara el reconocimiento del producto de marras (tal consta en acta ACTA-2024-89272344-APN-DVPS#ANMAT).

Que los representantes de la firma reconocieron que fabricaron el lote consignado en el rótulo proveniente de la consulta, “Lote 2638. 26-07-24”, pero no reconocieron como original la etiqueta de la muestra.

Que en el mismo acto los representantes de la firma exhibieron las etiquetas utilizadas para el envasado del lote de su producto, las cuales, efectivamente, no coincidían con las de la consulta, por lo que el producto descripto en el punto 1) resultaría ser ilegítimo.

Que por otro lado, mediante el expediente EX-2024-84406704- -APN-DVPS#ANMAT se solicitó a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. los rótulos con los cuales había sido comercializado el producto “agua lavandina común, lava dun, RNPUD 0250002, lote Lote 2638. 26-07-24”, verificándose que el rótulo no coincidía con el aprobado en cuanto a denominación, dosis de uso de limpieza y desinfección de superficies y agua de consumo, entre otros datos.

Que en función de lo expuesto por IF-2025-33787805-APN-DVPS#ANMATdel EX-2024-84406704- -APN-DVPS#ANMAT, se inhibió a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. de elaborar y comercializar el producto identificado como: 1) “LAVANDINA BÁSICA. lava dun. Composición: Solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 25g CL/L a la salida de fábrica. Para limpiar superficies en general: diluya una taza (250 ml) de lavandina LAVA DUN en 4 litros de agua tibia y aplique con una esponja. Para desinfección de superficies inertes: Diluir 58 ml (1/4 de taza de producto) en 1 litro de agua y dejar actuar por 10 minutos. Para desinfectar agua: agregue 2 gotas de lavandina LAVA DUN por cada litro de agua y esperar 30 minutos antes de disponer. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47. (B1686MLA) Hurlingham – B. As. RNE 020045624 – RNPUD: DVPS 0250002. Elaborado por: RNE 020045624”.

Que asimismo, se indicó el retiro de mercado de la primera línea de comercialización de este producto.

4. Por lo expuesto, la firma habría infringido los artículos 4° y 14° de la Disposición ANMAT N° 7355/19 correspondiente al Registro de Aguas lavandinas y el artículo 1° de la Resoluciones ex MS y AS N° Nº 709/98.

Que en consecuencia, el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, sugirió: a) Prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes de los productos rotulados como: 1. “LAVANDINA BÁSICA. lava dun. Blanquea, limpia y desinfecta. Composición: Solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 25g CL/L a la salida de fábrica. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47. (B1686MLA) Hurlingham – B. As. RNE 020045624 – RNPUD: DVPS 0250001. Elaborado por: RNE 020045624” por tratarse de un producto ilegítimo para el cual se desconoce su fabricante y las condiciones de elaboración; 2. “LAVANDINA BÁSICA. lava dun. Composición: Solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 25g CL/L a la salida de fábrica. Para limpiar superficies en general: diluya una taza (250 ml) de lavandina LAVA DUN en 4 litros de agua tibia y aplique con una esponja. Para desinfección de superficies inertes: Diluir 58 ml (1/4 de taza de producto) en 1 litro de agua y dejar actuar por 10 minutos. Para desinfectar agua: agregue 2 gotas de lavandina LAVA DUN por cada litro de agua y esperar 30 minutos antes de disponer. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47. (B1686MLA) Hurlingham – B. As. RNE 020045624 – RNPUD: DVPS 0250002. Elaborado por: RNE 020045624” por haber sido comercializado con un rótulo diferente al aprobado por la ANMAT; b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A., sita en Atuel N° 47, localidad y partido de Hurlingham, de la provincia de Buenos Aires, con RNE N°020045624, como responsable del producto y al Director Técnico por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que fueran señalados ut-supra; c) Comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.

Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que se ventilan en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1490/92.

Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes de los productos rotulados como: a) “LAVANDINA BÁSICA. lava dun. Blanquea, limpia y desinfecta. Composición: Solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 25g CL/L a la salida de fábrica. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47. (B1686MLA) Hurlingham – B. As. RNE 020045624 – RNPUD: DVPS 0250001. Elaborado por: RNE 020045624”; b) “LAVANDINA BÁSICA. lava dun. Composición: Solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 25g CL/L a la salida de fábrica. Para limpiar superficies en general: diluya una taza (250 ml) de lavandina LAVA DUN en 4 litros de agua tibia y aplique con una esponja. Para desinfección de superficies inertes: Diluir 58 ml (1/4 de taza de producto) en 1 litro de agua y dejar actuar por 10 minutos. Para desinfectar agua: agregue 2 gotas de lavandina LAVA DUN por cada litro de agua y esperar 30 minutos antes de disponer. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47. (B1686MLA) Hurlingham – B. As. RNE 020045624 – RNPUD: DVPS 0250002. Elaborado por: RNE 020045624”.

ARTICULO 2º.- Instrúyase sumario sanitario a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A (CUIT N° 30-63576968-4), con domicilio en la calle Atuel N° 47, localidad y partido de Hurlingham, de la provincia de Buenos Aires, y a su Director Técnico por presunto incumplimiento a los artículos 4° y 14° de la Disposición ANMAT N° 7355/19 correspondiente al Registro de Aguas lavandinas y al artículo 1° de la Resoluciones ex MS y AS N° Nº 709/98;.

ARTÍCULO 3°-. Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.

Nelida Agustina Bisio

e. 04/06/2025 N° 37979/25 v. 04/06/2025

Fecha de publicación 04/06/2025