AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Disposición 97/2025
DI-2025-97-E-ARCA-ARCA
Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-01282175- -AFIP-DEMACO#SDGSEC y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024 se disolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos y se creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía, transfiriéndosele los recursos, el personal, los bienes, el presupuesto vigente, los activos y el patrimonio, compromisos, derechos y obligaciones.
Que, en ese marco, y con el objetivo de adecuar las pautas vinculadas con la identidad visual y la imagen institucional del Organismo, se solicitó al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial el registro de la marca ARCA, detallando tipografía y color de la misma, la que fue aprobada mediante la Disposición N° 46 (INPI) del 7 de febrero de 2025.
Que el nuevo logotipo institucional debe ser utilizado en cualquier elemento gráfico y visual en el que se nombre a este Organismo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos e Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y 3°, 6° y 7° del Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el logotipo identificatorio oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero en sus distintos formatos, que como Anexo (IF-2025-02127577-ARCA-SGDADVCOAD#SDGPCI) se aprueba y forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Delegar en la Subdirección General Institucional la facultad para dictar normas reglamentarias, modificatorias, aclaratorias y/o complementarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Juan Alberto Pazo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/06/2025 N° 38072/25 v. 04/06/2025
Fecha de publicación 04/06/2025