ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 875/2025
RESOL-2025-875-APN-ENACOM#JGM FECHA 03/06/2025
EX-2021-64099412-APN-SDYME#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Cancelar la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y los registros del Servicios de Transmisión de Datos y Valor Agregado, otorgados por Resolución Nº 33 de fecha 10 de enero de 2003, dictada por la ex S.C., del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA, otorgada a la firma SPRINT INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L. 2.- La medida adoptada en el Artículo 1° tendrá vigencia a partir del 08 de abril de 2025. 3.- Instruir a las dependencias competentes de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES a asentar la cancelación dispuesta en el Artículo 1° del presente acto en los registros pertinentes. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas.
e. 06/06/2025 N° 39097/25 v. 06/06/2025
Fecha de publicación 06/06/2025