ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 880/2025
RESOL-2025-880-APN-ENACOM#JGM FECHA 03/06/2025
EX-2020-54155561- -APN-REYS#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - DECLARAR la caducidad en los términos del Artículo 21 de la Ley N° 19.549, de la Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con registro del Servicio de Valor Agregado Acceso a Internet, otorgado por Resolución N° 526, de fecha 22 de abril de 2021, dictada por este Ente Nacional de Comunicaciones. 2.- Instruir a las dependencias competentes de este Organismo. a asentar la caducidad dispuesta en el Artículo 1° del presente acto en los registros pertinentes. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas.
e. 06/06/2025 N° 39020/25 v. 06/06/2025
Fecha de publicación 06/06/2025