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9 de Junio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA

Resolución 9/2025

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2025

VISTO:

La Disposición 22/2024 del Ministerio de Economía de la República Argentina publicado en el Boletín Oficial el día 24 de septiembre de 2024, donde se estipula el nuevo valor de tarifas para la Vía Navegable Troncal por tonelada de registro neto (TRN) para transporte internacional y una tarifa para cabotaje nacional;

Las Notas Reversales firmadas entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay de fecha 24 de junio de 1993, que garantizan la efectiva competitividad del Canal Martín García frente a otras vías navegables;

Las Notas Revérsales firmadas entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay de fecha 10 de junio de 1994, en particular su numeral 11 que establece la igualdad de tarifas para los buques que naveguen vía Canal Martín García o vía Canal Emilio Mitre;

El Informe Secretaría Administrativa Nº 1629/25, sobre actualización de la Tarifa de Peaje para Buques de Cabotaje en el Canal Martín García; y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión debe velar por el cumplimiento de la Notas Reversales antes citadas.

Que a partir de la Resolución CARP Nº 03/02, de fecha 06 de junio de 2002, se estableció la pesificación de la tarifa de peaje para buques de cabotaje que navegan en el Canal Martín García.

Que en el Informe de Secretaria Administrativa Nº 1629/25, de fecha 6 de mayo de 2025, se informa que desde la Resolución CARP Nº 03/02 la tarifa de Cabotaje de los buques que transitan el Canal Martín García no ha tenido actualización alguna.

Que en la Disposición 22/2024 del Ministerio de Economía Argentino se dispone para la Vía Navegable Troncal que la tarifa para el cabotaje nacional será de $A 824,80 por tonelada de registro neto (TRN) y que tendrá una revisión trimestral automática ajustable por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), en caso de corresponder.

Que en la Sesión Ordinaria del 29 y 30 de mayo de 2025, Acta Nº 661 la Comisión aprobó en su punto 4 de Temas Institucionales, la actualización de la tarifa de peaje para buques de cabotaje equiparándola a la tarifa dispuesta por el Ministerio de Economía de la República Argentina para la Vía Navegable Troncal de acuerdo a la Disposición 22/2024.

Que corresponde dictar la correspondiente Resolución.

Que la Comisión está facultada para hacerlo en virtud de lo establecido en el artículo 4º del Estatuto de la Comisión Administradora del Río de la Plata.

Por ello:

LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA

RESUELVE:

1º) Establecer a partir del 15 de junio de 2025 la tarifa básica de balizamiento (Tb) y de dragado (Td) para buques que efectúen navegación de cabotaje a $A 824,80 (pesos argentinos ochocientos veinticuatro con 80/100) por tonelada de registro neto (TRN) para la navegación en el Canal Martín García, de conformidad a lo dispuesto por el Reglamento de Uso y Navegación del Canal Martín García (REMAGA). Al momento de su facturación, la tarifa será calculada en su equivalente en dólares estadounidenses de acuerdo al cierre de cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina, vigente al día anterior a la fecha de emisión de la factura por peaje para los buques de cabotaje nacional argentino.

2º) Instruir a las Secretarías Administrativa y Técnica para que realicen la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay y en la página web de la CARP, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 4.3 del REMAGA.

3º) Comuníquese, notifíquese, archívese.

Rubén Caro - Daniel Montiel - Cecilia Morales Aldao

e. 09/06/2025 N° 38648/25 v. 09/06/2025

Fecha de publicación 09/06/2025