ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 417/2025
Resolución RESOL-2025-417-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1994
Expediente EX-2024-53244904-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 6 de JUNIO de 2025
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente requerido por la empresa LOUIS DREYFUS COMPANY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (LDC ARGENTINA S.A.), para el ingreso de una unidad del tipo turbo vapor de 18 MW, que integra la Central Térmica (CT) de Cogeneración Arroyo Seco, a vincularse a la red interna de media tensión de la Planta de Dreyfus, la cual está vinculada a la Estación Transformadora (ET) General Lagos, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE SANTA FÉ (EPESF), en Departamento de Rosario, Provincia de SANTA FÉ. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o, la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el Acceso referido en el artículo 1 y se informará en el Registro Informativo de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente de la página web del ENRE. 5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por EPESF, por el Departamento Ambiental (DAM) y CAMMESA. 6.- Notifíquese a EPESF, LDC ARGENTINA S.A y CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 09/06/2025 N° 39534/25 v. 09/06/2025
Fecha de publicación 09/06/2025