BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8252/2025
05/06/2025
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: REMON 1-1131. Efectivo Mínimo. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“- Admitir, con vigencia a partir del 06/06/25, que para la integración de la exigencia de efectivo mínimo en pesos con los títulos públicos nacionales previstos en el primer párrafo del punto 1.3.17. del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo, se considere su plazo residual al momento de su integración.”
Asimismo, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en el texto ordenado de la referencia, y en las que se eliminan los puntos 7.2.2.2., 7.2.2.3. y 7.2.4. y el acápite iii) del punto 7.2.3. –por no encontrarse vigentes–. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 09/06/2025 N° 39357/25 v. 09/06/2025
Fecha de publicación 09/06/2025