SECRETARÍA GENERAL
Resolución 256/2025
RESOL-2025-256-APN-SGP
Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-45390895--APN-CGD#SGP, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 88 del 26 de diciembre de 2023 y sus modificatorios, 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios, 644 del 18 de julio de 2024, 958 del 25 de octubre de 2024, 1131 del 27 de diciembre de 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024, 58 del 3 de febrero de 2025 y 272 del 15 de abril de 2025, la Decisión Administrativa Nº 3 del 15 de enero de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1131/24 se dispuso que a partir del 1º de enero de 2025 regirán las disposiciones de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 Nº 27.701 en los términos del Decreto Nº 88/23, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 3/2025 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2025.
Que por el artículo 2º del Decreto Nº 58/25 se sustituyó el artículo 9º del Título III de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y se dispuso que las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas, entre otras, por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 644/24 se sustituyó del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 232/24 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Secretaría.
Que mediante el Decreto Nº 272/25 se realizaron modificaciones a la citada estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Secretaría y, en consecuencia, se incorporaron, homologaron y reasignaron diversos cargos pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que a través del Decreto Nº 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo del 5 de septiembre de 2008.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Coordinación Administrativa de la Agrupación Seguridad e Inteligencia de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de la mencionada unidad organizativa, resulta necesario asignar las funciones transitorias, a partir del 1º de mayo de 2025, como Director de Coordinación Administrativa de la Agrupación Seguridad e Inteligencia de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, al Licenciado Walter Daniel FERNÁNDEZ (D.N.I. Nº 16.766.486), quien revista en un cargo de la planta permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 10, Tramo Avanzado, Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), de conformidad con lo dispuesto en el Título X, con autorización excepcional conforme lo establecido en el artículo 112 del referido ordenamiento.
Que por el Decreto Nº 958/24 se estableció que Corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, disponer y/o prorrogar asignaciones transitorias de funciones para los casos de las estructuras organizativas que dependan de cada una de ellos, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 111 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la asignación transitoria de funciones que se propicia por la presente resolución no podrá superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo determina el artículo 21 del Convenio Sectorial citado.
Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN informó que se cuenta con el crédito presupuestario necesario, a fin de atender el gasto resultante de la asignación transitoria alcanzada por la presente medida.
Que, el inciso b) del artículo 2º del Decreto Nº 1148/24 prevé las excepciones a la prohibición de efectuar designaciones de personal de cualquier naturaleza, incluyéndose como una de tales excepciones la cobertura transitoria de unidades organizativas incorporadas al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 958 del 25 de octubre de 2024.
Por ello,
LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Danse por asignadas, a partir del 1º de mayo de 2025, con carácter transitorio, las funciones de Director de Coordinación Administrativa de la Agrupación Seguridad e Inteligencia de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, al Licenciado Walter Daniel FERNÁNDEZ (D.N.I. Nº 16.766.486), quien revista en un cargo de la planta permanente de la Jurisdicción citada, Nivel B - Grado 10, tramo avanzado, agrupamiento profesional, en los términos del Título X del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado mediante el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008.
ARTÍCULO 2º.- Se autoriza el pago de la Asignación Básica del Nivel B con más los adicionales por Grado y Tramo correspondiente a la situación de revista del Licenciado Walter Daniel FERNÁNDEZ (D.N.I. Nº 16.766.486) y el Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial mientras se encuentre vigente la asignación transitoria de funciones superiores que dio origen a la percepción, y asimismo se realiza la presente asignación transitoria de funciones con autorización excepcional conforme lo establecido en el artículo 112 del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto 2098/08 sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que la asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo 1º en el cargo allí mencionado se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de tres (3) años, conforme lo dispuesto en los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
ARTÍCULO 4º. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 - 01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese la presente medida a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, en el término de CINCO (5) días de dictado, conforme lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución Nº 20/24 del citado Ministerio.
ARTÍCULO 6º. - Notifíquese al interesado, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
E/E Juan Manuel Galli
e. 10/06/2025 N° 39720/25 v. 10/06/2025
Fecha de publicación 10/06/2025