INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 439/2025
RESOL-2025-439-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2025
VISTO el Expediente EX-2025-60867312-APN-SGTYC#INCAA, del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 del 28 de agosto de 2002 y N° 202 del 28 de febrero de 2024 y la Resolución INCAA N° 18 de fecha 13 de enero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tendrá a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.
Que el artículo 3°, inciso a), de la mencionada ley, contempla entre las funciones y atribuciones del INCAA la de ejecutar medidas de fomento tendientes al desarrollo de la cinematografía argentina, pudiendo para ello auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación, así como emplear todo otro medio necesario para el logro de dicho fin.
Que el artículo 3° inciso b) de la misma norma, faculta al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES a gestionar y concertar convenios con organismos cinematográficos, sean estos oficiales o privados, nacionales o extranjeros.
Que en el inciso e) del artículo mencionado anteriormente se establece como atribución del presidente la administración del Fondo de Fomento Cinematográfico.
Que el artículo 24 inciso h) señala que el Fondo de Fomento Cinematográfico se aplicará a la producción de películas cinematográficas;
Que según lo acordado en el Acta de la Asamblea Federal realizada el 5 de noviembre de 2024 (IF-2025-04496498-APN-GPP#INCAA), los montos de apoyo a las provincias serán otorgados en función de la presentación de programas o acciones específicas, cuantificables y medibles que ellas mismas realicen.
Que, con el fin de garantizar una adecuada asignación de los recursos, el DEPARTAMENTO DE RELACIÓN CON LAS PROVINCIAS dependiente de la SUBGERENCIA FILM COMMISSION, convocará anualmente a las provincias a presentar sus propuestas de inversión en materia de promoción, que se complementarán con el aporte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que en este marco se propicia la aprobación del PLAN DE APOYO A LA PROMOCIÓN AUDIOVISUAL PROVINCIAL, cuyo propósito es acompañar económicamente las iniciativas provinciales de promoción implementadas a través de concursos audiovisuales.
Que, a tal efecto, el INSTITUTO aportará hasta el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del monto total de los premios establecidos por cada provincia en el marco de dichos concursos, con un tope del cinco por ciento (5%) de la partida presupuestaria asignada por el INCAA a tales fines.
Que la SUBGERENCIA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA, conforme IF-2025-62129263-APN-SGGPYF#INCAA, informa que la Resolución INCAA N.º 18/2025, la cual aprobó la distribución inicial de créditos presupuestarios, contempla un monto de PESOS SEISCIENTOS MILLONES ($ 600.000.000.-) en la Partida 5.1.4.2048 – Concursos para tal fin.
Que la SUBGERENCIA FILM COMMISSION, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete;
Que la facultad para dictar la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y de los Decretos N° 1536/2002 y 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el PLAN DE APOYO A LA PROMOCIÓN AUDIOVISUAL PROVINCIAL con el objeto de acompañar económicamente las iniciativas de promoción provinciales instrumentadas a través de concursos audiovisuales.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que la solicitud de apoyo deberá ser gestionada a través del Departamento de Relación con las Provincias, dependiente de la Subgerencia Film Commission,
ARTÍCULO 3°.- La implementación del apoyo económico se realizará mediante convenios de colaboración suscriptos entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES con los gobiernos provinciales.
ARTÍCULO 4°.- El monto del apoyo económico no podrá exceder el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del presupuesto total presentado por cada concurso o el CINCO POR CIENTO (5%) de la partida del presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES asignada para tal fin.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que el apoyo económico previsto se efectuará a través del pago directo al productor y/o ganador de cada concurso. No podrán acceder al cobro del premio, en el marco del PLAN DE APOYO A LA PROMOCIÓN AUDIOVISUAL PROVINCIAL, aquellas personas que registren deuda ante el INCAA por incumplimiento de requisitos formales o por suma dineraria pendiente en mora con el organismo.
ARTÍCULO 6°. – Determinar que la presente resolución queda sujeta a disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 7°. – Establecer que la presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 8°. – Regístrese, comuníquese, publíquese en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Luis Pirovano
e. 17/06/2025 N° 41450/25 v. 17/06/2025
Fecha de publicación 17/06/2025