Edición del
17 de Junio de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA

Resolución 376/2025

RESOL-2025-376-APN-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-96148632- -APN-DGDYD#MJ y la LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA N° 24.937 (T.O 1999) y sus modificatorias, en especial la Ley N° 26.855, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.855, introdujo diversas modificaciones a la LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA N° 24.937 (T.O.1999), entre estas la sustitución de su artículo 13, estableciendo que “Aquellos cursos o carreras de posgrado, correspondan o no a la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, que cuenten con la aprobación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos serán considerados como antecedentes especialmente relevantes en los concursos para la designación de magistrados y en la promoción de quienes forman parte de la carrera judicial”.

Que por la Resolución N° RESOL 2020-439-APN-MJ, este Ministerio modifico y aprobó el denominado PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADOS, el FORMULARIO DE SOLICITUD DE APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, y el FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, que, como Anexos Nros. IF-2020-53624931-APN-DNRCAYSC#MJ, IF-2020- 53641638-APN-DNRCAYSC#MJ e IF-2020-53642156- APN-DNRCAYSC#MJ, respectivamente, formaron parte de la misma.

Que, en ese sentido, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD ACADÉMICA Y LA SOCIEDAD CIVIL de la SECRETARIA DE JUSTICIA, propone la aprobación de una nueva versión del PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADOS, que se adecúe a las prioridades de esta administración y sirva para la tramitación de las peticiones que efectúen a futuro las escuelas judiciales, universidades o centros de formación.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio. Que la presente se dicta de conformidad con las disposiciones de los artículos 4°, inciso b), apartados 9 y 22, inciso 7 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones, en concordancia con el artículo 13 de la LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA N° 24.937 (T.O.1999) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO (LEY N°24.937 (T.O.1999) y sus modificaciones artículo 13), que como ANEXO I (IF-2024-121198665-APN-DNRCAYSC#MJ), forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADOS, que, como ANEXO I (IF-2020-53624931-APNDNRCAYSC#MJ), formó parte integrante de la Resolución N° RESOL-2020-439-APN-MJ.

ARTÍCULO 3º.- La presente medida no implicará erogación alguna para este Ministerio.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mariano Cúneo Libarona

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/06/2025 N° 41433/25 v. 17/06/2025

Fecha de publicación 17/06/2025