AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA SAN JAVIER
Disposición 12/2025
DI-2025-12-E-ARCA-ADSAJA#SDGOAI
San Javier, Misiones, 17/06/2025
VISTO la Disposición DI-2025-9-E-AFIP-ADSAJA#SDGOAI y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Disposición del Visto, se autorizó la venta de las mercaderías a través del mecanismo de subasta electrónica por intermedio del Banco Ciudad de Buenos Aires.
Que, dicho acto se llevó a cabo el día 29/05/2025 bajo la modalidad electrónica, a través de la página web del Banco ciudad de Buenos Aires mediante SUBASTA/REMATE Nº 3603.
Que, dicha subasta fue realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, por cuenta, orden y en nombre de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con base y resultados sujeto a la aprobación de la misma.
Que, el Banco informa que se ha vendido el lote detallado en el Anexo IF-2025-02330331-ARCAADSAJA# SDGOAI.
Que, teniendo en cuenta la DI-2025-10-E-ARCA-ADSAJA#SDGOAI y la Disposición DI-2023-251-E-AFIP-DIRANE#SDGOAI mediante las cuales se estableció el régimen de reemplazos de la División Aduana San Javier, estableciéndose como reemplazo al Jefe de la Sección Inspección Técnica Dardo Gabriel Tejada Leg. 30504-9, quien a la fecha se encuentra a cargo de la dependencia.
Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley 22.415 y el Decreto Nº 618/97.
Por ello,
EL JEFE DE LA SECCIÓN INSPECCIÓN TÉCNICA A CARGO DE LA DIVISIÓN ADUANA SAN JAVIER
DISPONE:
ARTICULO 1: APROBAR la venta de los Lotes detallados en el IF-2025-02330331-ARCA-ADSAJA#SDGOAI que forman parte integrante del presente acto, comercializados en subasta electrónica REMATE Nº 3603 del Banco Ciudad de Buenos Aires.
ARTICULO 2: AUTORIZAR a los respectivos compradores al retiro de las mercaderías subastadas, a su cuenta y cargo, luego que los mismos hayan abonado los saldos pendientes y los impuestos correspondientes en su caso, de conformidad a las cláusulas del convenio y las generales de venta suscripta con el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 3.- Regístrese y comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.
Dardo Gabriel Tejada
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/06/2025 N° 41934/25 v. 18/06/2025
Fecha de publicación 18/06/2025