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24 de Junio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 270/2025

RESOL-2025-270-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-57235736-APN-SE#MEC, y los Expedientes Nros. EX-2023-142291686-APN-SE#MEC, EX-2024-62422219-APN-SE#MEC, EX-2024-79875250-APN-SE#MEC, EX-2024-79883699-APN-SE#MEC, EX-2024-84003071-APN-SE#MEC, EX-2024-121433658-APN-SE#MEC, EX-2025-50346494-APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma AGGREKO ARGENTINA S.R.L. (AGGREKO), comunicó a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) su decisión de desvincular del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a las centrales térmicas CORRIENTES, CASTELLI, VILLA ÁNGELA, SÁENZ PEÑA II, NUEVA POMPEYA, VILLEGAS, ARRECIFES, VIALE, ALEM, ISLA VERDE, y CIPOLLETTI.

Que la firma AGGREKO expresó como causa de la solicitud de desvinculación, la situación de transición que vive el país, y la dificultad para soportar los costos asociados a estos proyectos.

Que CAMMESA ha realizado la evaluación establecida en el Punto 9 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos) aprobada por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, sus modificatorias y complementarias, y consideró, mediante la Nota N° B-174797-1 de fecha 22 de julio de 2024 (IF-2024-79876236-APN-SE#MEC, obrante en el expediente N° EX-2024-79875250-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta), y la Nota N° B-175285-1 de fecha 25 de julio de 2024 (IF-2024-79884748-APN-SE#MEC, obrante en el expediente N° EX-2024-79883699-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta), y concluyó que, desde el punto de vista del abastecimiento de la demanda del área, es factible la desvinculación de la Central Térmica ISLA VERDE Y CIPOLLETTI.

Que la solicitud de desvinculación se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 35.676 de fecha 29 de mayo de 2025, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en virtud de los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065 y del Apartado IV del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la desvinculación del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la Central Térmica ISLA VERDE y a la Central Térmica CIPOLLETTI.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a notificar a AGGREKO ARGENTINA S.R.L., a la respectiva empresa Transportista o Prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT) e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°. - La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 24/06/2025 N° 43257/25 v. 24/06/2025

Fecha de publicación 24/06/2025