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MINISTERIO DE SALUD

Resolución 2018/2025

RESOL-2025-2018-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2025

VISTO los Decretos N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, la Resolución N° 36 de fecha 22 de marzo de 2017 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y sus modificatorias, la Resolución N° 52 de fecha 10 de abril del 2025 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA y el Expediente N° EX-2024-126802118- -APN-DCYC#MS, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N° 52/2025 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA, se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0042-LPU24 para la “Adquisición del medicamento Nusinersen con Servicio de Logística Incluido”, solicitada por la DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y ALTO PRECIO, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la contratación.

Que la presente licitación se ha enmarcado conforme lo establecido por el artículo 25, inciso a), apartado 1 del Decreto N° 1023/2001 y sus modificatorios y complementarios.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que se cursaron las invitaciones a los proveedores del rubro, dando debido cumplimiento a los plazos de publicación y antelación establecidos en la normativa y, asimismo, la referida Licitación fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, en los términos del artículo 40 del Decreto N° 1030/2016.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que la GERENCIA DE PRECIOS TESTIGOS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado mediante la Orden de Trabajo N° 109/2025, en el que se comunica que no fue posible arribar a un valor referencial, en virtud de lo establecido en el artículo 4° del Anexo I de la Resolución SIGEN 36/17 y sus modificatorias.

Que, conforme surge del Acta de Apertura del 5 de mayo de 2025, se recibieron dos (2) ofertas correspondientes a las firmas: BIOGEN (ARGENTINA) S.R.L. (CUIT N° 30-70972491-2) por DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON CUARENTA CENTAVOS (USD 3.374.738,40) y GADOR S.A. (CUIT N° 30-50098718-5) por DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA MIL (USD 1.760.000.-).

Que la DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y ALTO PRECIO elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a las ofertas, del cual surge que las presentadas por las firmas BIOGEN (ARGENTINA) S.R.L. y GADOR S.A. se ajustan a las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 9 de junio de 2025, en el que recomendó la adjudicación de la oferta válida y conveniente perteneciente a la firma GADOR S.A., por el monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA MIL (USD 1.760.000.-) y asimismo, recomendó otorgar el orden de mérito N° 2 a la oferta presentada por la firma BIOGEN (ARGENTINA) S.R.L.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el procedimiento de selección y adjudicar a la firma GADOR S.A.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 9°, incisos d) y e) del Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Decreto N° 1030/2016 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 80-0042-LPU24, para la “Adquisición del medicamento Nusinersen con Servicio de Logística Incluido”, solicitada por la DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y ALTO PRECIO.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la citada Licitación Pública N° 80-0042-LPU24, a favor de la firma GADOR S.A. (CUIT N° 30-50098718-5) para el Renglón 1 por OCHENTA (80) frascos ampollas del medicamento Nusinersen con Servicio de Logística incluido, por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA MIL (USD 1.760.000.-).

ARTÍCULO 3º.- La suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA MIL (USD 1.760.000.-), equivalente al monto total de PESOS DOS MIL OCHENTA MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 2.080.320.000,00.-) considerando el tipo de cambio valor divisa del Banco de la Nación Argentina de fecha 17 de junio del corriente año, a la que asciende la presente Licitación, será imputada con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD, Programa 29.0.0.7.0, IPP 2.5.1, FF 11, conforme el siguiente detalle: PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,00.-) al ejercicio fiscal del año 2025 y PESOS DOS MIL SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 2.079.320.000,00.-) correspondientes al Ejercicio 2026.

ARTÍCULO 4°. Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles a partir de su notificación, o recurso jerárquico directo dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 40, 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos reglamentado por el Decreto Nº 1759/72 (T.O. 2017) y su modificatorio Decreto N° 695/24.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a emitir la pertinente Orden de Compra Abierta.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Iván Lugones

e. 24/06/2025 N° 43393/25 v. 24/06/2025

Fecha de publicación 24/06/2025