INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución 348/2025
RESOL-2025-348-APN-INPI#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-65082707--APN-DO#INPI del registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), la Ley N° 22.362, el Decreto N° 242 de fecha 01 de Abril de 2019 y las Resoluciones INPI N° 164, de fecha 6 de Octubre de 2021 y Nº 185 de fecha 30 de abril de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) es la autoridad de superintendencia respecto de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial, conforme lo establece el Artículo Nº 47 del Decreto citado en el Visto.
Que en su accionar de superintendencia, el organismo regula las condiciones de su ejercicio profesional y la habilitación a la matrícula de Agente de la Propiedad Industrial.
Que el Reglamento para el Ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, estatuto regulado por las resoluciones citadas en el Visto, sufrió distintas modificaciones, lo que acarrea una dispersión normativa innecesaria y provoca confusión en los receptores de dicha norma.
Que la Ley Nº 27.742, denominada “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, establece principios rectores orientados a mejorar el funcionamiento del Estado, promoviendo una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad.
Que entre dichos principios se destacan la simplificación administrativa, la buena administración y la tutela efectiva de los derechos ciudadanos, los cuales resultan fundamentales para garantizar un acceso equitativo y sin impedimentos a los servicios públicos.
Que por tal motivo, resulta necesario revisar y adecuar las normas y procedimientos vigentes que imponen cargas burocráticas innecesarias a los particulares, especialmente aquellas que pueden obstaculizar o demorar el ejercicio de derechos.
Que, en este sentido, la eliminación de requisitos formales superfluos, así como de aquellas obligaciones que resultan particularmente onerosas para los administrados, contribuye a reducir las barreras de acceso y a garantizar una mayor equidad en el trato con la administración.
Que la implementación de acciones orientadas a reducir la complejidad de los trámites para los ciudadanos y hacer un uso más racional de los recursos del Estado representa un paso concreto hacia una gestión pública más moderna, eficiente y enfocada en brindar un servicio de calidad y accesible para todos.
Que en razón de lo expuesto, el Reglamento para el Ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial merece una revisión integral, en sus aspectos formales y sustantivos, de modo tal que implique, en un marco de austeridad administrativa, un beneficio para los administrados y para la administración.
Que la Administración Nacional de Patentes, la Dirección Nacional de Marcas, la Dirección de Modelos y Diseños Industriales, la Dirección de Trasferencia de Tecnología, la Dirección General de Coordinación Administrativa y la Dirección de Asuntos Legales, han tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de N° 22.362, el Decreto Nº 242/19 y las facultades conferidas por la normativa vigente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Derógase la Resolución INPI N° 164, de fecha 6 de Octubre de 2021, sus normas complementarias y modificatorias, y toda otra normativa que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 2° - Apruébase el REGLAMENTO DEL AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL que como ANEXO IF-2025-66529562-APN-INPI#MEC forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por el término de un (1) día en el Boletín Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y de Patentes, en la Página web de este INSTITUTO, comuníquese a las Cámaras Representativas de Agentes de la Propiedad Industrial y, archívese.
Carlos María Gallo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/06/2025 N° 43786/25 v. 25/06/2025
Fecha de publicación 25/06/2025