INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 460/2025
RESOL-2025-460-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2025
VISTO el EX-2025-65323703- -APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y la Resolución INCAA N° 453 de fecha 30 de julio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y otorgar premios.
Que la producción audiovisual es un vehículo esencial para la innovación creativa y el fortalecimiento de la identidad nacional. En este contexto, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se compromete a fomentar el desarrollo y la excelencia de la industria cinematográfica argentina apoyando proyectos que pueden alcanzar reconocimiento a nivel nacional como internacional.
Que mediante Resolución INCAA N° 453/2024 se aprobaron los Lineamientos Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las bases para la realización de concursos destinados a apoyar a productores, guionistas y directores tanto noveles como consolidados, promoviendo la inclusión y la diversidad cultural en todo el país, con el fin de premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual, sino también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.
Que resulta necesario llamar a guionistas a presentar guiones terminados con la finalidad de premiar a aquellos que tengan mayor potencialidad y originalidad, impulsando el desarrollo profesional y mejorando la calidad del contenido audiovisual.
Que por tanto, es necesario aprobar su implementación y su presupuesto total a fin de garantizar el correcto cumplimiento de esta edición del “CONCURSO DE GUIÓN AUDIOVISUAL TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN y GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2025”.
Que en virtud de todo lo expuesto debe dictarse el correspondiente acto administrativo.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN PRESUPUESTARIA E INVERSIONES, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL, y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del “CONCURSO DE GUIÓN AUDIOVISUAL TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN y GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2025”.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el presupuesto en concepto de premios identificado como IF-2025-66528807- APN-SGP#INCAA
ARTÍCULO 3º.- Llamar a GUIONISTAS a presentar guiones audiovisuales terminados para películas de largometrajes de ficción o animación, con un máximo de tiempo en pantalla de CIENTO VEINTE (120) minutos y aprobar las BASES Y CONDICIONES del “CONCURSO DE GUIÓN AUDIOVISUAL TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2025” que obran como Anexo I según IF-2025-66528965-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 4º.- Llamar a GUIONISTAS a presentar guiones terminados de series de ficción y animación de al menos 4 capítulos con un mínimo de duración de 15 minutos por capítulo y aprobar las BASES Y CONDICIONES del “CONCURSO DE GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2025” que obran como ANEXO II según IF-2024-66529547-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 5º.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas del 30 de junio de 2025 hasta las 14 horas del día 31 de julio de 2025, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.
ARTÍCULO 6º.- Determinar que la participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 7º.- Imputar el gasto a la partida del ejercicio financiero correspondiente, sujeto a disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 8º.- Establecer que se deja sin efecto cualquier otra Resolución del Organismo que contradiga a esta Resolución.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/06/2025 N° 44856/25 v. 30/06/2025
Fecha de publicación 30/06/2025