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4 de Julio de 2025

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Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 441/2025

RESOL-2025-441-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2025

VISTO, el Expediente EX-2024-01693529- -APN-ANAC#MINF, la Ley 17.285 Código Aeronáutico y el Decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el expediente citado en el Visto, tramita el requerimiento efectuado, con fecha 3 de enero de 2024, por el Intendente Municipal de la Ciudad de General Las Heras de la Provincia de Buenos Aires, Carlos Javier Osuna (DNI 20.751.314), con el fin de solicitar la inhabilitación del Aeródromo Público General Las Heras (GLH) sito a 3 Km al Este de la ciudad de General Las Heras, Provincia de Buenos Aires.

Que la Dirección de Aeródromos (DA), dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), informa que no surgen objeciones para proceder a la inhabilitación.

Que la DGIYSA de la ANAC ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 27 de la Ley 17.285 Código Aeronáutico y los Decretos 1770 del 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto la habilitación del Aeródromo Público GENERAL LAS HERAS (GLH) sito a 3 Km al Este de la ciudad de General Las Heras, Provincia de BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la Municipalidad de la Ciudad de General Las Heras de la Provincia de Buenos Aires y a la Dirección Regional Centro (DRCE) dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), difúndase la presente resolución mediante las publicaciones de información aeronáutica.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, cumplido, archívese.

Oscar Alfredo Villabona

e. 04/07/2025 N° 46835/25 v. 04/07/2025

Fecha de publicación 04/07/2025