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7 de Julio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 404/2025

RESOL-2025-404-APN-STEYSS#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-71510890- -APN-DGDTEYSS#MCH, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549 y sus modificatorias, el Decreto N° 862 de fecha 27 de septiembre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 862/2024, modificatorio del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), depende de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que el día 30 de junio de 2025 el titular de la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), Dr. MAYO, Carlos David Enrique (D.N.I. N° 25.821.267), designado por la Resolución N° 158 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO de fecha 10 de mayo de 2024, presentó la renuncia por medio de la Nota N° NO-2025-70795939-APN-DSCLOS#MCH.

Que la mencionada Dirección, dicta un promedio de 1.500 disposiciones mensuales que principalmente involucran homologaciones de acuerdos individuales y/o pluriindividuales entre trabajadores y empleadores.

Que dichos acuerdos conciliatorios implican acreencias dinerarias indemnizatorias para los trabajadores que tienen carácter alimentario.

Que, en consecuencia, debe garantizarse la continuidad de la atención de las tareas que se llevan a cabo en la referida Dirección, las que conllevan la atención de diversos trámites que tienen previstos plazos administrativos.

Que, atento lo expuesto y con el fin de resguardar el normal funcionamiento de la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), resulta necesario encomendar la atención del despacho y la firma de dicha área al Dr. BREMBERG, Ernesto Federico (D.N.I. N° 14.152.685), hasta la designación de un nuevo funcionario, quien fuera designado en planta permanente el día 5 de septiembre de 2017 por la Resolución Nº 622 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de fecha 4 de septiembre de 2017.

Que el Dr. BREMBERG, Ernesto Federico (D.N.I. N° 14.152.685) reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para realizar dicha tarea atento desempeñarse al presente como Coordinador del Área de Asuntos Legales de la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO).

Que oportunamente, se dictó la Resolución N° 16 de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO de fecha 22 de enero de 2025 y las Resoluciones del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 1688 de fecha 28 de diciembre de 2022 y 900 de fecha 13 de julio de 2023, donde se encomendaron la atención del despacho y la firma de la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), al Dr. BREMBERG, Ernesto Federico (D.N.I. N° 14.152.685), desde el 27 de enero del 2025 al 7 de febrero de 2025, el 4 de enero al 3 de febrero de 2023 inclusive y desde el 31 de julio al 18 de agosto de 2023 inclusive, respectivamente.

Que la presente medida no implicará erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.

Que el Servicio Jurídico pertinente, ha tomado la intervención de competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92), el Artículo 3° de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549 y sus modificatorias, y el Decreto N° 862/2025.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Encomiéndase, a partir del 1 de julio de 2025 y hasta la designación de un nuevo funcionario, la atención del despacho y la firma de la Dirección del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), al Dr. BREMBERG, Ernesto Federico (D.N.I. N° 14.152.685).

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente no implicará erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Gabriel Cordero

e. 07/07/2025 N° 47322/25 v. 07/07/2025

Fecha de publicación 07/07/2025