MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución 54/2025
RESOL-2025-54-APN-STEYFP#MDYTE
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-64353333- -APN-SSGA#MDYTE, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y sus modificatorias, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 1 de fecha 8 de agosto de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° del Anexo a la Ley Nº 25.164 establece que el Poder Ejecutivo determinará el órgano rector en materia de empleo público y autoridad de aplicación e interpretación de las disposiciones de dicho régimen.
Que conforme surge del artículo 2° del Decreto reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO es el órgano rector en materia de empleo público y Autoridad de Aplicación e interpretación de las disposiciones de la Ley N° 25.164, del régimen Anexo y de sus normas reglamentarias, con facultades para el dictado de las normas complementarias y aclaratorias correspondientes.
Que a través de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DE ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE ESTADO N° 1 del 8 de agosto de 2024, se aprobó el “Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad” aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad y afectado por medidas de reestructuración o de reducción de dotación óptima necesaria, en los términos del artículo 11 del Anexo a la Ley Nº 25.164, que como Anexo N° ACTO-2024-84062762-APN-SSDYMEP-MDYTE, forma parte integrante de esa medida.
Que el artículo 1° del citado Régimen estableció que será aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad y afectado por medidas de reestructuración o de reducción de dotación óptima necesaria, en los términos del artículo 11 del Anexo a la Ley Nº 25.164.
Que, asimismo, el artículo 15 de dicha norma prevé que cuando para la cobertura de un cargo vacante existiese en el REGISTRO DE PERSONAL EN SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD un trabajador que se ajuste a las condiciones para cubrirlo, la Autoridad de Aplicación podrá proponer al trabajador para la cobertura de dicho cargo, en los términos del inciso d) del artículo 11 del Decreto N° 1421/02 y sus modificatorios, debiendo formalizarse la propuesta mediante comunicación fehaciente. Si el trabajador aceptare la propuesta se tramitará su traslado.
Que por el artículo 16 del régimen de aplicación se dispuso que, “en el supuesto de reubicación del trabajador, la autoridad de aplicación elaborará un informe técnico a través del formulario GDE “Informe Técnico Autoridad de Aplicación”, acrónimo FOYTA, que remitirá a la jurisdicción u organismo, a los fines de que se realicen las gestiones tendientes al traslado del trabajador informando a la autoridad de destino del trabajador mediante comunicación oficial. Suscripto el informe técnico, el trabajador dejará de integrar el REGISTRO DE PERSONAL EN SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD y tomará posesión del nuevo puesto en la jurisdicción en que es reubicado el primer día hábil siguiente”.
Que, en virtud de los antecedentes normativos citados, deviene necesario en esta instancia aprobar el procedimiento que permita a las Jurisdicciones, Organismos descentralizados y Entidades solicitar perfiles para la cobertura de un cargo vacante con personal que se encuentre incorporado al REGISTRO DE PERSONAL EN SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD, con el objeto de reglamentar los aspectos operativos para su implementación.
Que la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia; en el marco del artículo 12 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 585/2024.
Que ha tomado la intervención de su competencia la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los términos del artículo 101 del Decreto Reglamentario N° 1344/07 y sus modificatorios.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades atribuidas por los Decretos N° 1421/02 y sus modificatorios y N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
DEL MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Procedimiento para solicitud de perfiles al Registro de Disponibilidad” que como Anexo I IF-2025-64469322-APN-SSDYMEP#MDYTE, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- La SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN del ESTADO podrá dictar las normas aclaratorias o complementarias que resulten necesarias para la implementación de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia en el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maximiliano Matías Narciso Fariña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/07/2025 N° 49725/25 v. 15/07/2025
Fecha de publicación 15/07/2025