MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 873/2025
RESOL-2025-873-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-62568991- -APN-DC#SPF, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el expediente citado en el Visto, fue iniciado con el objeto de resolver la adquisición de un servicio de comidas en cocido y viandas con destino a las unidades y complejos de Zona Ezeiza y Marcos Paz del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Que en ese sentido, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL solicitó la pertinente autorización para convocar a una Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 31-0057-LPU24 bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, encuadrada en las prescripciones del TITULO I, CAPITULO III, artículo 25 inciso a) apartado 1 y 26 inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 1 del Decreto Nº 1023/2001, del 13 de agosto, sus modificatorios y complementarios, por aplicación y en concordancia con los artículos 10, 25 inciso c), 27 inciso c) y 28 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/2016, del 15 de septiembre, y sus modificatorios, autorizada por Disposición Nº DI-2024-1061-APN-SPF#MSG del 30 de octubre de 2024.
Que asimismo la mencionada Disposición aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado al efecto N° PLIEG-2024-118889424-APN-DC#SPF.
Que conforme IF-2024-137568588-APN-DC#SPF luce el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 16 de diciembre de 2024, de la cual surge que se han presentado al referido procedimiento licitatorio las firmas comerciales: BIO-LIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A., SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING S.R.L., BETTER CATERING S.A., FOODRUSH GASTRONOMIA S.A., BAGALA S.A., ALTA TECNOLOGIA ALIMENTARIA S.A., COMPAÑÍA PROVEEDORA DE SERVICIOS S.A., BELCLAU S.A., COOKERY S.A., DISTRIBON S.R.L., SUCESION DE RUBEN MARTIN, CLM S.R.L., COMPAÑIA ALIMENTARIA NACIONAL S.A., DELI FOOD S.A. y SANO Y BUENO CATERING S.A.
Que bajo IF-2024-137591990-APN-DC#SPF, obra agregado el Cuadro Comparativo de Ofertas, el cual refleja las ofertas de las firmas comerciales interviniente en la presente Licitación.
Que se solicitó a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN el informe de Precios Testigo, el que fue proporcionado mediante Orden de Trabajo Nº 00528/24 del 16 de diciembre de 2024, indicando el precio testigo para los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 por un monto total de PESOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 28.399.546.104,82), ello de conformidad con lo establecido en el Anexo II de la Resolución SIGEN N° 36-E/17, indicando que los valores informados son a la fecha del informe del 16 de diciembre del corriente y no contemplan hipótesis acerca de variaciones de precios futuras.
Que mediante IF-2025-19187716-APN-DC#SPF luce glosado el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 21 de febrero de 2025, en el cual, luego de realizar un pormenorizado análisis de la documentación y de la comparación de la oferta presentada por el proveedor, la Comisión Evaluadora sugirió la adjudicación de los renglones N° 13 y 14 a la firma comercial DISTRIBON S.R.L, por encontrarse inscripta, con sus datos actualizados en el Sistema COMPR.AR, y resultar conveniente en materia económica, declarando inadmisibles las ofertas de las firmas comerciales: DELI FOOD S.A. por no dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 66, inciso a) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/2016, BETTER CATERING S.A. por no dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 66, inciso j) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/2016, FOODRUSH GASTRONOMIA S.A., BAGALA S.A., BELCLAU S.A., CLM S.R.L. y COMPAÑIA ALIMENTARIA NACIONAL S.A. por no dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 67 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/2016 y, asimismo, desestimar los renglones N° 1, 2, 5 y 6 de la firma comercial BIO-LIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A., los renglones N° 9, 10, 11 y 12 de la firma comercial SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING S.R.L., los renglones N° 3 y 4 de la firma comercial ALTA TECNOLOGIA ALIMENTARIA S.A., los renglones N° 7 y 8 de la firma comercial COMPAÑÍA PROVEEDORA DE SERVICIOS S.A., los renglones N° 3 y 4 de la firma comercial COOKERY S.A., los renglones N° 7 y 8 de la firma comercial SUCESION DE RUBEN MARTIN y los renglones N° 1, 2, 3, 4, 7 y 8 de la firma comercial SANO Y BUENO CATERING S.A. por resultar sus precios excesivos Asimismo, aconseja declarar fracasados los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 por no concurrir ofertas convenientes al acto.
Que han tomado intervención la DIRECCIÓN DE AUDITORÍA CONTABLE y la DIRECCIÓN DE AUDITORÍA GENERAL, ambas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 9°, incisos e) y g) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias y lo dispuesto en el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado en la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 31-0057-LPU24 bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, convocada por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, para resolver la adquisición de un servicio de comidas en cocido y viandas con destino a las unidades y complejos de Zona Ezeiza y Marcos Paz del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
ARTÍCULO 2°.- Decláranse inadmisibles las firmas comerciales BETTER CATERING S.A., FOODRUSH GASTRONOMIA S.A., BAGALA S.A., BELCLAU S.A., CLM S.R.L., COMPAÑIA ALIMENTARIA NACIONAL S.A. y DELI FOOD S.A. de acuerdo a las razones expuestas en los Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Desestimase los renglones N° 1, 2, 5 y 6 de la firma comercial BIO-LIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A., los renglones N° 9, 10, 11 y 12 de la firma comercial SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING S.R.L., los renglones N° 3 y 4 de la firma comercial ALTA TECNOLOGIA ALIMENTARIA S.A., los renglones N° 7 y 8 de la firma comercial COMPAÑÍA PROVEEDORA DE SERVICIOS S.A., los renglones N° 3 y 4 de la firma comercial COOKERY S.A., los renglones N° 7 y 8 de la firma comercial SUCESION DE RUBEN MARTIN y los renglones N° 1, 2, 3, 4, 7 y 8 de la firma comercial SANO Y BUENO CATERING S.A. por resultar sus precios excesivos.
ARTÍCULO 4°.- Decláranse fracasados los renglones N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 por no concurrir ofertas admisibles al acto.
ARTÍCULO 5°.- Adjudícase la licitación referida en el artículo 1º de acuerdo al siguiente detalle: los renglones N° 13 y 14 a la firma comercial DISTRIBON S.R.L. (CUIT N° 33-70891842-9) por un importe total de PESOS SETECIENTOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($ 709.982.000).
ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demanda el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a la cuenta Administración Central - Servicio Administrativo Financiero 331, de acuerdo a lo establecido mediante el DECTO-2024-1131-APN-PTE y la Decisión Administrativa N° 3/2025 Distributivo de Recursos y Créditos para el Ejercicio 2025.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Patricia Bullrich
e. 21/07/2025 N° 51420/25 v. 21/07/2025
Fecha de publicación 21/07/2025