MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 876/2025
RESOL-2025-876-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2025
VISTO el Expediente EX-2025-72456721- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que en la UNIDAD FISCAL SANTE FE, a cargo del Doctor Walter Alberto RODRIGUEZ, se instruye la causa N° FRO 2333/2024, caratulada “INVESTIGACIÓN FISCALÍA FEDERAL Nº 2 Y OTROS S/INFRACCIÓN LEY 23.737 PRESENTANTE: SOUZA, ROCIO LORENA Y OTROS”, del registro del Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe.
Que la mencionada UNIDAD FISCAL solicitó a este Ministerio, mediante oficio del 13 de junio de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Jorge Alberto MENDIETA, alias “Turu” titular del DNI N° 32.301.542, de nacionalidad Argentina, nacido el 10 de noviembre de 1986, con último domicilio conocido en Azopardo Nº 10425, del barrio Punta Norte, ciudad de Santa Fe, provincia homónima, a quien se lo vincula con un Club de bochas identificado como “CLUB LOS 17”, ubicado en la calle Lamadrid Nº 7727 intersección con la calle Regimiento 12 de Infantería, del centro del barrio Las Flores, de la mencionada ciudad.
Que Jorge Alberto MENDIETA se encuentra investigado por haber intervenido en actividades vinculadas al tráfico de estupefacientes (art. 5, inc. “C” de la Ley N° 23.737) agravado por el art. 11, inc. “C” de la citada Ley.
Que pesa sobre Jorge Alberto MENDIETA orden de captura nacional desde el 27 de mayo del corriente año.
Que el nombrado posee las siguientes características físicas: ojos marrones, cabello oscuro, complexión robusta, altura aproximada 1.75 mts., posee tatuajes de gran tamaño en el pecho con el nombre de “SAMIRAH”, tatuaje tipo manga en el brazo izquierdo, tatuaje en el bíceps derecho un tatuaje tipo manga en la parte baja de la pierna izquierda.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la Resolución N° 828 del 1 de octubre de 2019 de esta cartera
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000) destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Jorge Alberto MENDIETA, alias “Turu” titular del DNI N° 32.301.542, de nacionalidad Argentina, nacido el 10 de noviembre de 1986, con último domicilio conocido en Azopardo Nº 10425, barrio Punta Norte, ciudad de Santa Fe, provincia homónima.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2025-71468360-APN-DNNYRPJYMP#MSG) correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/07/2025 N° 51694/25 v. 21/07/2025
Fecha de publicación 21/07/2025