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25 de Julio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Y AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Resolución General Conjunta 5729/2025

RESGC-2025-5729-E-ARCA-ARCA - Resolución General Conjunta N° 2.844 (AFIP) y N° 264/10 (SAGyP). Modificación Artículo 5°.

Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2025

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-02378828- -ARCA-SDGFIS, la Ley N° 19.800, sus modificaciones y complementarias, el Decreto N° 3.478 del 19 de noviembre de 1975 y sus modificatorios y la Resolución General Conjunta N° 2.844 y N° 264 del 1 de junio de 2010 de la ex - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, respectivamente y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° de la Resolución General Conjunta N° 2.844 y N° 264 del 1 de junio de 2010 de la ex - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, respectivamente, sobre la base de la información suministrada por la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA respecto del precio ponderado de venta al consumidor de cigarrillos y del monto del adicional fijo del Fondo Especial del Tabaco, la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO -en tanto continuadora jurídica de la ex - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en virtud del Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024- publica semestralmente dichos valores en el Boletín Oficial y los informa, asimismo, a través de su sitio “web” institucional con indicación del semestre en que deben utilizarse.

Que dada la prioridad del ESTADO NACIONAL de constituir una Administración Pública a favor del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia, calidad en la prestación de servicios, menor burocracia y reducción de costos, resulta propicio modificar la mencionada norma conjunta a los fines de la simplificación y optimización de recursos.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 19.800, sus modificaciones y complementarias, por el Decreto N° 3.478 del 19 de noviembre de 1975, por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, por el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y por el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024, sus respectivos modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Y

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 5° de la Resolución General Conjunta N° 2.844 y N° 264 del 1 de junio de 2010 de la ex - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, respectivamente, por el siguiente:

“ARTÍCULO 5°.- Sobre la base de la información suministrada por la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA respecto del precio ponderado de venta al consumidor de cigarrillos y del monto del adicional fijo del Fondo Especial de Tabaco, el Organismo Recaudador informará semestralmente dichos valores mediante su publicación en el micrositio “Tabaco” de su sitio “web” institucional (https://www.arca.gob.ar), con indicación del semestre en que deben utilizarse.”.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de la presente medida entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Sergio Iraeta - Juan Alberto Pazo

e. 25/07/2025 N° 52865/25 v. 25/07/2025

Fecha de publicación 25/07/2025