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31 de Julio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 1085/2025

RESOL-2025-1085-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2025

Visto el expediente EX-2025-71078399-APN-DGDA#MEC, la ley 27.742, el decreto 695 del 2 de agosto de 2024, la resolución 796 del 22 de agosto de 2024 (RESOL-2024-796-APN-MEC) y su modificatoria, resolución 23 del 29 de enero de 2025 (RESOL-2025-23-APN-MEC), ambas del Ministerio de Economía, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 5° de la ley 27.742 se autorizó al Poder Ejecutivo Nacional a modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos.

Que mediante el artículo 1° del decreto 695 del 2 de agosto de 2024 se aprobó la “Reglamentación del Título II - Reforma del Estado - de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742”, que como anexo I forma parte integrante de ese decreto.

Que mediante el artículo 2° de la reglamentación mencionada, se facultó al Ministerio de Economía para dictar las normas complementarias que resulten necesarias.

Que, en ese marco, se dictaron las resoluciones 796 del 22 de agosto de 2024 del Ministerio de Economía (RESOL-2024-796-APN-MEC), que aprobó, entre otras cuestiones, las “Medidas para la Liquidación de los Fondos Fiduciarios Disueltos”, y su modificatoria, resolución 23 del 29 de enero de 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-23-APN-MEC).

Que con el fin de optimizar el circuito administrativo posdisolutorio y, posteriormente, de liquidación de los fondos fiduciarios públicos, se propicia que cada administrador fiduciario deberá informar aquellas erogaciones que resulten imprescindibles para coadyuvar en el proceso de liquidación, así como las obligaciones contractuales asumidas con anterioridad a la disolución y cualquier información de interés en el citado proceso.

Que, en función de ello, se prevé que la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial dependiente de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa de este ministerio, pueda autorizar las previsiones presupuestarias necesarias para atender dichas obligaciones y erogaciones.

Que, una vez cumplidas dichas autorizaciones, la liquidación deberá efectuarse conforme los mecanismos previstos en el respectivo Contrato de Fideicomiso, disponiéndose la transferencia de las sumas líquidas, tenencias en títulos públicos y demás activos financieros representativos de inversiones de los fondos fiduciarios disueltos.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde sustituir el anexo de la resolución 796/2024, y derogar la resolución 23/2025, ambas del Ministerio de Economía.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y en el decreto 695/2024.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el anexo “Medidas para la Liquidación de los Fondos Fiduciarios Disueltos” (IF-2024-87548559-APN-SLYA#MEC) de la resolución 796 del 22 de agosto de 2024 del Ministerio de Economía (RESOL-2024-796-APN-MEC) por el anexo (IF-2025-72210527-APN-SLYA#MEC) que integra esta medida.

ARTÍCULO 2°.- Derógase la resolución 23 del 29 de enero de 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-23-APN-MEC).

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/07/2025 N° 53402/25 v. 29/07/2025

Fecha de publicación 29/07/2025