AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DIVISIÓN SECRETARÍA N.º 2
EDICTO
En cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 1013, inciso i) del Código Aduanero (Ley N.º 22.415), y por ignorarse domicilio, se cita a los imputados que en la planilla de actuaciones se consignan, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, comparezcan a ejercer su defensa y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho, en el marco de la infracción prevista en los artículos 986/987 del mencionado cuerpo legal, bajo apercibimiento de rebeldía.
A tales fines, deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera, sita en Azopardo N.º 350, P.B., Ciudad Autónomas de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ley, conforme artículos 1001, ss. y cc. del Código Aduanero.
Se hace saber que el pago de la multa mínima, con más el abandono a favor del Estado de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (arts. 930/932 de la Ley N.º 22.415).
ACTUACIÓN | IMPUTADO | DOCUMENTO | MULTA | PV | FECHA | FIRMA |
18032-106-2021 | AZUA RUT SARA | DNI N.º 46.471.291 | $951.504,11 | 2024-02488747 | 13/08/24 | POSTERARO BRIAN |
19161-1604-2019 | BENITEZ ANA MARIA | DNI N.º 24.572.385 | $391.241,97 | 2024-04388235 | 11/12/24 | POSTERARO BRIAN |
Patricio Dolzani, Empleado Administrativo, División Secretaría N° 2.
e. 29/07/2025 N° 53330/25 v. 29/07/2025
Fecha de publicación 29/07/2025