AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA NEUQUÉN
Se hace saber a los abajo mencionados que se ha ordenado notificarles la resolución por la cual se los CONDENA por la infracción prevista y penada en el Código Aduanero abajo detallada, haciéndoles saber que dentro de los quince (15) días hábiles de notificados, deberán abonar la multa y los tributos abajo detallados, caso contrario quedarán automáticamente constituidos en mora, procediéndose de conformidad a lo normado en los art. 1122, ss y concordantes del Código Aduanero, más los intereses correspondientes conforme lo previsto en los artículos 794 y 924 del mismo cuerpo legal.
Se notifica a los interesados que dentro del plazo antes indicado, tienen derecho a interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa, previstos por el art. 1132 y 1133 del Código Aduanero, en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 C.A.).
Asimismo, se hace saber a los nombrados que se decretó el COMISO de la mercadería comprendida bajo los Acta Lote mencionados.
Actuación SIGEA | CAUSANTE | NRO RESOLUCION | ART | MONTO | ACTA LOTE |
EX-2024-01224299- -AFIP-ADNEUQ#SDGOAI | RIQUELME Ricardo Fabián, D.N.I. N.º 25.137.214 | RESOL-2025-134-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI | 987 | $ 1.212.937,67 multa U$S 443,27 (tributos: D.I.-Estadística-IVA) $ 245.040,36 (tributos: IVA Adicional-Ganancias) | 24075ALOT000017H |
EX-2024-01277808- -AFIP-SEFIADNEUQ#SDGOAI | VACA Carlos Alberto, D.N.I. N.º 33.239.371 | RESOL-2025-213-E-ARCA-ADNEUQ#SDGOAI | 977 | $ 654.871,25 multa U$S 503,30 (tributos: D.I.-Estadística-IVA) $ 280.152,39 (tributos: IVA Adicional-Ganancias) | - |
Rosario Casajus, Administradora de Aduana.
e. 30/07/2025 N° 53717/25 v. 30/07/2025
Fecha de publicación 30/07/2025