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6 de Agosto de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

EDICTO

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” ARTICULO 1º.- ARCHIVESE la presente denuncia en los términos de la Instrucción General N° 2/2023 (DGA). ARTICULO 2º.- DESE INTERVENCION a la División Prohibiciones No Económicas y Fraude Marcario a fin de determinar si las mercaderías detalladas en el Item 2,1 del Acta Lote…. Son apócrifas y/o falsificadas con intervención de los titulares marcarios, procediéndose en ese caso a su destrucción o en caso de resultar oportuno proceder según los términos del artículo 4º de la ley N.º 25603, colocándose a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, o quedando habilitada la posibilidad de otorgar a la misma el destino que corresponda, en atención al tipo y estado de aquella, conforme el tratamiento previsto por el Titulo II, Sección V del Código Aduanero (Ley N° 22.415). En caso de ser originales las mercaderías anteriormente detallas y respecto de las restantes mercaderías secuestradas, HÁGASE SABER a -------------- que para su efectiva entrega, deberá dentro de los treinta (30) días de notificada la presente acreditar su Clave Única de Identificación Tributaria y acompañar los certificados y/o intervenciones de los terceros organismos que conforme Acta de Verificación corresponden, como así también abonar los importes en concepto de obligación tributaria que oportunamente se liquiden, bajo apercibimiento de proceder, en caso de no darse cumplimiento, conforme Sección V, Título II de la Ley N° 22.415 o, en caso de resultar oportuno, se proceda según los términos del artículo 4° de la Ley N° 25.603, colocándose a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, o quedando habilitada la posibilidad de otorgar a la misma el destino que corresponda, en atención al tipo y estado de aquella.

1.-

EXPEDIENTE: 18032-148-2020/1

IMPUTADO: GERARDO RUBEN LOPEZ CABALLERO DNI: 37932699

ACTA Nº : 20622ALOT000198V

CERTIFICADOS Y/O INTERVENCIONES: De los terceros organismos que conforme Acta de

Verificación y aforo correspondan,

TRIBUTOS: -------------

RESOLUCIÓN DE PRLA: 366/25

Fdo.: Abog. Ezequiel Cosseddu- Jefe de División Secretaría Nº 2- Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

Silvina Isabel de Bisogno, Instructor, División Secretaría N° 2.

e. 04/08/2025 N° 54821/25 v. 04/08/2025

Fecha de publicación 04/08/2025