MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD
Disposición 61/2025
DI-2025-61-APN-DNCYDTS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-82433784- -APN-DNCYDTS#MS, la Ley N° 22.127, la Resolución del Ministerio de Salud N° 2274 de fecha 25 de julio de 2025 y la Resolución del Ministerio de Salud N° 2303 de fecha 30 de julio de 2025 y;
CONSIDERANDO:
Que el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, creado por la Ley N° 22.127, tiene como objetivo central complementar la formación integral de los profesionales de la salud en el ámbito de la formación en servicio, asegurando altos estándares de calidad, idoneidad y equidad.
Que mediante la Resolución Ministerial N° 2274/25 se ha dispuesto la realización de una nueva instancia evaluativa para los postulantes de medicina del Concurso Unificado de Residencias Básicas y Articuladas del Equipo de Salud que obtuvieron una calificación igual o superior a 86 puntos en el examen del 1° de julio de 2025 y que no hayan merecido el visto bueno de congruencia académica.
Que a su vez, por medio de la citada Resolución se establece que la nueva instancia evaluativa se llevará a cabo de acuerdo al cronograma que como ANEXO I forma parte integrante de la misma y de conformidad con las pautas dispuestas en su ANEXO II.
Que la Resolución Ministerial N° 2274/25, en su artículo 4° encomienda a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD la implementación operativa, logística y normativa del nuevo examen, así como el dictado de normativa complementaria, velando por la transparencia, la objetividad y la equidad del proceso evaluativo.
Que, en razón de ello, resulta fundamental determinar con claridad las reglas y los aspectos pedagógicos que regirán la mencionada instancia evaluativa, a fin de garantizar la seriedad, equidad e integridad de los resultados.
Que en esa línea, se propicia por medio de la presente, la aprobación del Documento “PAUTAS Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN” (ANEXO I).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente norma se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 2274 de fecha 25 de julio de 2025 y su modificatoria Resolución Ministerial N° 2303 de fecha 30 de julio de 2025.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Documento “PAUTAS Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN” que como ANEXO I (IF-2025-84927405-APN-DNCYDTS#MS), forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD el documento que se aprueba por el artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Pablo Vivas
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/08/2025 N° 55325/25 v. 05/08/2025
Fecha de publicación 05/08/2025