BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8289/2025
31/07/2025
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: REMON 1-1138. Efectivo mínimo. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“1- Incrementar, con vigencia a partir del 01/08/25, en 10 (diez) puntos porcentuales las tasas de exigencia de efectivo mínimo aplicables a los depósitos en pesos a la vista e inversiones a plazo con opción de cancelación anticipada desde el día en que el inversor pueda ejercer esa opción, que constituyan el haber de fondos comunes de inversión de mercado de dinero (money market), los pases pasivos y las cauciones bursátiles tomadoras –pasivas–, ambos en pesos, previstas por las Comunicaciones A 8281 y 8286.
2- Disminuir, con vigencia a partir del 01/08/25, en 4 (cuatro) puntos porcentuales las tasas de la exigencia de efectivo mínimo en pesos que puede ser integrada con los títulos previstos en el punto 1.3.17.1. del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en el texto ordenado de referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 05/08/2025 N° 55033/25 v. 05/08/2025
Fecha de publicación 05/08/2025