MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 958/2025
DI-2025-958-APN-DNRYRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2024-113473328- -APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que en el documento N° RE-2024-132477755-APN-DGDTEYSS#MCH de los autos de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la empresa COMPAÑIA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FESITCARA) y el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE por la parte sindical, ratificado por la parte empresaria en el documento N° RE-2025-15557116-APN-DGDTEYSS#MCH y por las entidades sindicales en el documento N° RE-2025-17327791-APN-DGDTEYSS#MCH de autos.
Que en el referido texto convencional las partes convienen condiciones de trabajo, en virtud de la situación de crisis que la empresa manifiesta encontrarse atravesando, conforme surge del texto pactado.
Que en tal sentido, cabe señalar que la empresa ha iniciado en autos el Procedimiento Preventivo de Crisis, a fin de acreditar la situación de crisis invocada.
Que cabe indicar que los listados de personal afectado se encuentran en las paginas 10/18 del documento N° IF-2024-113475969-APN-DGD#MT de autos.
Que los sectores intervinientes poseen acreditada la representación que invisten en autos.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, tomó la intervención que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 (t.o.2004), el artículo 10º del Decreto N°200/88 y sus modificatorias, el DECTO-2024-862-APN-PTE y la Ley 24.013.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la empresa COMPAÑIA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FESITCARA) y el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE por la parte sindical, obrante en el documento Nº RE-2024-132477755-APN-DGDTEYSS#MCH de los autos de referencia, en el marco de la Ley 24.013.
ARTICULO 2°. - Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para su registro. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a fin de que proceda al registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente Disposición, conjuntamente con el listado de personal afectado, obrante en las paginas 10/18 del documento N° IF-2024-113475969-APN-DGD#MT de autos.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente.
ARTICULO 4°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el artículo 1º de la presente Disposición, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 5°. - Hágase saber que en el supuesto que esta SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/08/2025 N° 54386/25 v. 06/08/2025
Fecha de publicación 06/08/2025