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7 de Agosto de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 123/2025

RESOL-2025-123-APN-INAI#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2025

VISTO, la Ley N° 23.302, la Ley N° 24.071, el Decreto N° 702/2010, el Decreto N° 155/1989, la Decisión Administrativa N° 1462/2018, el EX-2025-65828057-APNINAI#JGM, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 24.071, sancionada por el Congreso de la Nación en el año 1992, se ratificó el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales de Países Independientes,

Que la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por Resolución 61/295 de la Asamblea General, establece una serie de derechos y obligaciones respecto al resguardo y garantías de protección de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas,

Que el Artículo 75 Inciso 17 de la Constitución Nacional también expresa el reconocimiento y la necesidad de garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas,

Que la Ley N° 23.302 en su artículo 1° declara “de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades. A ese fin, se implementarán planes que permitan su acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de su producción agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal en cualquiera de sus especializaciones, la preservación de sus pautas culturales en los planes de enseñanza y la protección de la salud de sus integrantes”,

Que mediante el Decreto N° 702/2010 y la Decisión Administrativa N° 1462/2018 se establece la estructura organizacional del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, teniendo la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas entre sus funciones “fortalecer los niveles de representatividad y mecanismos de participación para … la defensa y ejercicio de los derechos individuales y comunitarios”, “diseñar, proponer y llevar adelante programas y acciones … que tenga por finalidad la protección y ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas en todo el territorio nacional”.

Que en múltiples informes y reportes el Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Mecanismo de Expertos sobre Derechos de Pueblos Indígenas, organismos con mandatos específicos y procedimientos especiales del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos manifiestan la importancia y urgencia que los Estados cuenten con mecanismos de quejas y reclamos para las comunidades indígenas en especial en lo relativo a sus derechos comunitarios, económicos, sociales y culturales,

Que sin perjuicio de que la Defensoría del Pueblo de la Nación (Ley N° 24.284 y sus modificatorias) y las Defensorías del Pueblo instituidas en el nivel provincial son los organismos con competencia directa por su naturaleza, es menester que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, por ser organismo rector a nivel nacional en función de sus funciones establecidas por la Ley N° 23.302, cuente con un Mecanismo de Reclamos para Pueblos y Comunidades Indígenas,

Que en el expediente citado en el VISTO consta el IF-2025-72353374-APN-DADI#INAI que da los fundamentos que expresan la necesidad de la creación de un Mecanismo de Reclamos para Pueblos y Comunidades Indígenas,

Que en el mismo expediente, consta a su vez el IF-2025-73318732-APN-INAI#JGM que establece los Términos de Referencia Propuesta Técnica para la Gestión del Mecanismo de Reclamos,

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha intervenido de acuerdo a su competencia,

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente resolución en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias; la Ley N° 23.302, su Decreto Reglamentario N° 155/89 y el Decreto 308/2024,

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Créase el Mecanismo de Reclamos para Pueblos y Comunidades Indígenas, que funcionará en la órbita de la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas.

ARTÍCULO 2°. – Apruébense los Términos de Referencia y Propuesta para la Gestión del Mecanismo de Reclamos, que como Anexo I (IF-2025-73318732-APN-INAI#JGM) consta en la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°. – Instrúyase a la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas a disponer la instrumentación del Mecanismo de Reclamos para Pueblos y Comunidades Indígenas, y todas las acciones tendientes a dar participación a los pueblos y comunidades en su implementación.

ARTÍCULO 4° - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Claudio Bernardo Avruj

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/08/2025 N° 55276/25 v. 07/08/2025

Fecha de publicación 07/08/2025