BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “B” 13001/2025
12/06/2025
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN:
Ref.: TO sobre Sistema Nacional de Pagos - Cámaras Electrónicas de Compensación. Aclaración.
Nos dirigimos a Uds. en relación con el texto ordenado de la referencia, a los fines de aclararles que el mecanismo indicado en el punto 9.2.3.3. no resulta exclusivo del instrumento DEBIN, sino que puede utilizarse para otros instrumentos de acreditación en línea, como es el caso de las transferencias inmediatas administradas por Newpay SAU y Red Link SA
Para ello, cada entidad financiera deberá indicar a la Cámara Electrónica de Compensación de Bajo Valor (CEC – BV, Compensadora Electrónica SA) qué fracción del importe detraído de las garantías integradas a favor de la CEC-BV para instrumentos de acreditación diferida asignará a cubrir saldos deudores durante los días inhábiles con cada administrador.
Por último, les informamos que la mecánica habilitada a través del citado punto 9.2.3.3., con la aclaración precedente y el mecanismo de liquidación establecido en el acápite ii) de ese punto, puede ser utilizada en días hábiles en el horario en que el MEP no esté operativo.
Saludamos a Uds. atentamente
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Valeria L. Zeballos Craba, Jefa de Sistemas de Pago - Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Sistemas de Pago.
e. 07/08/2025 N° 55910/25 v. 07/08/2025
Fecha de publicación 07/08/2025