MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 947/2025
RESOL-2025-947-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2025
VISTO el EX-2025-75955524- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FISCAL DE TRELEW, del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL de la provincia del CHUBUT, a cargo del Doctor Néstor Fabián MOYANO, tramita el caso Nº 72031 caratulado “GRENIER FABIO S/ HOMICIDIO R/ VÍCTIMA – TRELEW- AÑO 2017”.
Que la mencionada UNIDAD FISCAL solicitó a este Ministerio, mediante oficio del 4 de julio de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el o los autores del homicidio de quien en vida fuera Rolando Fabio GRENIER, titular del D.N.I Nº 33.772.152.
Que el mencionado GRENIER fue hallado sin vida el 18 de junio de 2017, a las 07:45 horas aproximadamente, por personal policial de la comisaría segunda de la ciudad de Trelew, provincia del Chubut, sobre la calle Moreno entre Abraham Mathews y Ricardo Berwin.
Que su deceso fue provocado de forma violenta por heridas punzo-cortantes en distintas partes del cuerpo.
Que de los hechos investigados surge una videofilmación perteneciente al Apart Hotel “Patagonia Suites” ubicado sobre la calle Abraham Mathews Nº 186, donde se ve a la víctima a las 03:44 horas corriendo sobre la vereda de la calle Moreno hacia el norte y, diez segundos después, se observa a un segundo sujeto masculino, de contextura física delgada, que también corría hacia el norte por la calle Moreno, donde fue ultimada la víctima.
Que el segundo sujeto, quien se presume es el victimario, vestía buzo o campera a rayas horizontales, jean claro tipo localizado y zapatillas o zapatos oscuros, apreciándose en la filmación que realizaba movimientos violentos con su mano hacia la víctima, que se hallaba apoyada contra una pared.
Que al día de la fecha se desconoce al autor o los autores materiales del hecho investigado.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y el SERVICIO JURÍDICO PERMANENTE de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el o los autores del homicidio de Rolando Fabio GRENIER titular del D.N.I Nº 33.772.152.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2025-76576654-APN-DNNYRPJYMP#MSG) correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Dicha medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/08/2025 N° 56532/25 v. 08/08/2025
Fecha de publicación 08/08/2025