Edición del
11 de Agosto de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 339/2025

RESOL-2025-339-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2024-129565750-APN-SE#MEC y el Expediente EX-2025-39078598-APN-DGDA#MEC, vinculado en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma VIENTOS LA GENOVEVA II SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (VIENTOS LA GENOVEVA II S.A.U.) comunicó haber asumido la titularidad de las instalaciones de los Parques Eólicos “OLIVOS” ubicado en el Partido de Villarino, Provincia de BUENOS AIRES, “MANQUE” y “LA CASTELLANA II” ubicados en el Departamento de Río Cuarto, Provincia de CÓRDOBA.

Que las firmas CPR ENERGY SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CPR ENERGY SOLUTIONS S.A.U.), en su calidad de anterior titular del Parque Eólico LA CASTELLANA II, CP MANQUE SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CP MANQUE S.A.U.), en su calidad de anterior titular del Parque Eólico MANQUE y CP LOS OLIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CP LOS OLIVOS S.A.U.), en su calidad de anterior titular del Parque Eólico LOS OLIVOS se encontraban incorporadas al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agentes Generadores.

Que la firma VIENTOS LA GENOVEVA II S.A.U. ha informado que, como derivación del proceso de fusión por absorción societaria, ha absorbido a las firmas CPR ENERGY SOLUTIONS S.A.U., CP MANQUE S.A.U. y CP LOS OLIVOS S.A.U., y solicita su habilitación para seguir actuando en el mismo carácter y bajo las mismas condiciones que aquéllas.

Que mediante la Nota N° B-177876-1 de fecha 6 de enero de 2025 (IF-2025-39079824-APN-DGDA#MEC), obrante en el Expediente EX-2025-39078598-APN-DGDA#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la firma VIENTOS LA GENOVEVA II S.A.U. cumple con los requisitos exigidos por los Puntos 4.1, 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias para su administración en el MEM.

Que CAMMESA informó que las firmas CPR ENERGY SOLUTIONS S.A.U., como cedente de la titularidad del Parque Eólico LA CASTELLANA II, CP MANQUE S.A.U. como cedente de la titularidad del Parque Eólico MANQUE y CP LOS OLIVOS S.A.U., como cedente de la titularidad del Parque Eólico LOS OLIVOS, han cumplido con lo requerido por el Punto 4.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos.

Que la firma VIENTOS LA GENOVEVA II S.A.U. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de cambio de titularidad se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.667 de fecha 16 de mayo de 2025, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la continuidad para actuar en calidad de Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma VIENTOS LA GENOVEVA II SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (VIENTOS LA GENOVEVA II S.A.U.) como nuevo titular de los Parques Eólicos “OLIVOS” ubicado en el Partido de Villarino, Provincia de BUENOS AIRES, “MANQUE” y “LA CASTELLANA II” ubicados en el Departamento de Río Cuarto, Provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las firmas VIENTOS LA GENOVEVA II S.A.U., CPR ENERGY SOLUTIONS S.A.U., CP MANQUE S.A.U. y a CP LOS OLIVOS S.A.U., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 11/08/2025 N° 56569/25 v. 11/08/2025

Fecha de publicación 11/08/2025