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12 de Agosto de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA SAN RAFAEL

Se notifica en los términos del Art. 1013 inc. i) del Código Aduanero (C.A.) a las personas individualizadas en el cuadro que luce al pie de la presente, la Corrida de Vista dictada en los Sumarios Contenciosos referenciados en el mismo, a los efectos de que en el plazo de (10) días hábiles de la publicación, más los que correspondan en razón de la distancia (Art. 1036 del C.A.), comparezcan a los fines de presentar su defensa y ofrecer pruebas, bajo apercibimiento de rebeldía (Art. 1001 al 1005 C.A.). De igual manera se les hace saber que en la primera presentación, deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la ciudad de San Rafael, conforme con lo prescripto por los arts. 1001 al 1003 del C.A., bajo apercibimiento de proceder de acuerdo con lo establecido en los arts. 1006 al 1010 del C.A.. Asimismo, se les hace saber que en caso de concurrir un tercero invocando un derecho que no sea propio, deberán cumplimentar lo requerido por los arts. 1030/1034 del C.A.. En todas las presentaciones que se planteen o debatan cuestiones jurídicas, es obligatorio el patrocinio letrado (v. art. 1034 del C.A.), debiéndose en tal caso denunciar domicilio electrónico SICNEA. Por último, se les comunica que en caso de que depositaren el importe de la multa mínima dentro del plazo señalado, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente, a tales fines no será necesaria la intervención de patrocinio letrado. Se deja constancia que el importe en dólares adeudado en concepto de tributos, se convertirá en pesos según la cotización oficial del día anterior a la efectivización de su pago.

SUMARIOSUMARIADOSINFRACCIÓNMULTA MÍNIMATRIBUTOS
078-SC-20-2024ADAM DELGADO ARICOMA,
RUN 8.685.890-8
Art. 987($595.726,77)(USD 225.06)
($81.051,26,-I VA adicional) ($24.315,37 Impuestos a las Ganancias)
078-SC-23-2024CRISTIAN ANDRES RAMOS CASTILLO
RUN N.º 14.324.864
Art. 977($8.657.698,76)(USD 6510,7)
($2346.289,14,-I VA adicional) ($703.886,69 Impuestos a las Ganancias)
078-SC-02-2025JORGE ARTURO RODRIGUEZ MALBRAN RUN N.º 6245141-6Art. 970($1.118.403,00)
078-SC-13-2025MARIO ESTANISLAO VIDELA
CI N.º 22,281,013
Art 970($1.367.435,00)
078-SC-14-2025JORQUERA TAPIA MARIA FERNANDA
CI N.º 17.121.230
Art. 970($2.220.186)
078-SC-15-2025TOM RENAAT VAN LINT
PAS N.º GA4742698
Art 970($961.026)
078-SC-16-2025ALEX ARTURO LUKANDER ONETTO
CI N.º 9.844.306
Art 970($3.070.594)
078-SC-29-2024BORREY SYLVAIN LAURENT
CI N.º 48.221.689
Art 970($931.859)
078-SC-30-2024FERNANDEZ JESICA MARIELA
CI N.º 23.513.961
Art 970($1.889.994)

Asimismo, se comunica que en los casos de optar por el beneficio previsto en el parrafo anterior, debera proceder a reexportar el vehiculo en infraccion, en el plazo de quince (15) días hábiles, de notificada la Resolución de extinción.

QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.

Firmado: Elizabeth Saboretti – Administradora Aduana de San Rafael

Beatriz Elizabeth Saboretti, Administradora de Aduana.

e. 12/08/2025 N° 56292/25 v. 12/08/2025

Fecha de publicación 12/08/2025