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14 de Agosto de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN

Resolución 345/2025

RESOL-2025-345-APN-SCYC#MRE

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2025

VISTO el Expediente electrónico EX-2025- 70827558 APN-DGD#MRE del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la Ley N° 24.483 y su Decreto Reglamentario N° 491 de fecha 21 de septiembre de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que “SALESIANAS MISIONERAS DE MARIA INMACULADA” es un instituto de vida consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATÓLICA APOSTOLICA ROMANA conforme las normas del Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, decreto de erección, y memoria debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica competente.

Que conforme lo prescriben los Artículos 4° de la Ley N° 24.483 y 1° del Decreto N° 1092/97, las personas jurídicas comprendidas en el régimen de la ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el Artículo 26, inciso e)de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención en virtud de lo establecido en el artículo 7° inciso d) de la Ley 19.549 de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 17 del Decreto N.º 491/95 y Artículo 3° de la Resolución N.º 73 de fecha 14 de marzo de 2025 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO Y CIVILIZACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.-Reconócese como persona jurídica a “SALESIANAS MISIONERAS DE MARIA INMACULADA” con sede legal en Barrio 20 de julio, MZ 64, Casa 16 y domicilio especial en la calle Av. Callao N° 569 Piso 1°, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES el que queda inscripto bajo el número CUATROCIENTOS ONCE (411) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

ARTÍCULO 2°.- Reconocer a dicho instituto el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber que la referida persona jurídica se encuentra beneficiada por el tratamiento dispensado por el Artículo 26 inciso e) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019), conforme el Decreto N° 824/2019.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Nahuel Sotelo Larcher

e. 14/08/2025 N° 58013/25 v. 14/08/2025

Fecha de publicación 14/08/2025