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18 de Agosto de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE CONTROL DE CONCESIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE

Decreto 584/2025

DECTO-2025-584-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-88596784-APN-GALYJ#CNRT, la Ley Nº 20.744 (Texto Ordenado por Decreto N° 390/76) y sus modificatorias y los Decretos Nros. 1388 del 29 de noviembre de 1996 y sus modificatorios, 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios y 461 del 7 de julio de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 461/25 se dispuso la reorganización de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la cual pasó a denominarse AGENCIA DE CONTROL DE CONCESIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE.

Que, asimismo, por el citado decreto se asignaron las funciones a la mencionada Agencia.

Que mediante el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios se aprobaron, entre otras cuestiones, el Estatuto de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE de la entonces SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en el que se estableció el órgano de dirección, y las facultades y competencias de la citada Comisión.

Que, atento lo señalado, resulta necesario establecer las funciones del Director Ejecutivo de la AGENCIA DE CONTROL DE CONCESIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA y las incompatibilidades a las que se sujetará el nombrado en el ejercicio de sus funciones.

Que, asimismo, el personal de la Agencia se regirá por las prescripciones contenidas en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (T.O. 1976) y sus modificatorias y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA y la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la citada Secretaría del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- El Director Ejecutivo de la AGENCIA DE CONTROL DE CONCESIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA, tendrá las funciones establecidas en el ANEXO (IF-2025-88601499-APN-CNRT#MEC) que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- El Director Ejecutivo tendrá dedicación exclusiva en su función, alcanzándole las previsiones en materia de incompatibilidades aplicables a los funcionarios públicos.

Durante el ejercicio de sus funciones como Director Ejecutivo y hasta DOS (2) años después de haber cesado en dicho cargo no podrá ser propietario, ni tener interés alguno directo o indirecto, en empresas de transporte ni poseer en ellas la cantidad de acciones suficientes que le permita ejercer una influencia dominante en la voluntad social de las empresas antes mencionadas, ni mantener con ellas relación laboral o profesional alguna.

Solo podrá ser removido de su cargo por acto fundado del PODER EJECUTIVO NACIONAL por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo.

ARTÍCULO 3º.- La AGENCIA DE CONTROL DE CONCESIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se regirá en su relación con el personal por las prescripciones contenidas en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (T.O. 1976) y sus modificatorias y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06.

ARTÍCULO 4°.- Deróganse los Anexos I, II, III y IV del artículo 1° y los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto N° 1388 del 29 de noviembre de 1996 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/08/2025 N° 58557/25 v. 18/08/2025

Fecha de publicación 18/08/2025