MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1198/2025
RESOL-2025-1198-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2025
Visto el expediente EX-2025-88475624- -APN-DGDA#MEC, las leyes 23.696 y sus modificatorias y 27.742, los decretos 644 del 18 de julio de 2024, 695 del 2 de agosto de 2024 y 494 del 22 de julio de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 7° de la ley 27.742 se declaró “sujeta a privatización”, en los términos y con los efectos de los capítulos II y III de la ley 23.696 y sus modificatorias, entre otras, a la empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA).
Que, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 3° de la reglamentación de la ley 27.742, aprobada como anexo I al decreto 695 del 2 de agosto de 2024, este Ministerio de Economía, en cuya jurisdicción se encuentra Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), elevó al Poder Ejecutivo Nacional, previa intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, un informe circunstanciado con la propuesta concreta vinculada al procedimiento y modalidad más adecuada para hacer efectiva la privatización.
Que el mencionado informe circunstanciado propuso la privatización total de la empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) mediante la venta de la totalidad de las acciones de titularidad del Estado Nacional, cuyo porcentaje asciende al noventa por ciento (90 %) del capital social de dicha empresa.
Que la referida propuesta no prevé el otorgamiento de las preferencias contempladas en el artículo 16 de la ley 23.696 y sus modificatorias, ni la aplicabilidad de un nuevo programa de propiedad participada, manteniéndose vigente el programa de propiedad participada actual.
Que por el decreto 494 del 22 de julio de 2025 se autorizó la privatización total de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) en los términos del artículo 4°del anexo I del decreto 695/2024 y se instruyó a este Ministerio de Economía, con la asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” de ese ministerio, para que adopte las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a la referida privatización debiendo para ello concretar la venta de al menos el cincuenta y uno por ciento (51 %) del total del paquete accionario de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) a un operador estratégico mediante el procedimiento de licitación pública de alcance nacional e internacional, en los términos del artículo 18, inciso 1) de la ley 23.696 y sus modificatorias y la venta en bolsas y mercados del país del remanente de las acciones de titularidad del Estado Nacional en dicha sociedad que no se hubieren vendido de acuerdo con el procedimiento licitatorio mencionado, de conformidad con lo previsto en el artículo 18, inciso 4) de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que, adicionalmente, se instruyó al Ministerio de Economía, en su carácter de autoridad de aplicación, a dictar las medidas que sean necesarias para garantizar que la modalidad de privatización dispuesta precedentemente no afecte la continuidad de la prestación del servicio público de provisión de agua potable y colección de desagües cloacales.
Que, asimismo, se autorizó al Ministerio de Economía a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones previstas en ese decreto, con la intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde iniciar el proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), de acuerdo con lo ordenado por el decreto 494/2025.
Que, conforme al artículo 30 del decreto 644 del 18 de julio de 2024, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” tiene entre sus objetivos dirigir, implementar y prestar asistencia a los titulares de las dependencias del Estado Nacional que tengan participaciones accionarias en las Empresas y Sociedades del Estado contempladas en el inciso b del artículo 8° de la ley 24.156, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en los procedimientos de intervención, liquidación, cierre, privatización, iniciativa privada, venta total o parcial de paquete accionario, fusión, escisión, disolución y/o disposición estratégica.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la ley 23.696, en cualquiera de las modalidades de materialización de privatización previstas en el artículo 17 de dicha norma, es requisito contar con la tasación realizada por organismos públicos nacionales, provinciales o municipales y, en caso de imposibilidad de llevar a cabo dicha tasación, se autoriza a efectuar las contrataciones respectivas con organismos internacionales o entidades o personas privadas nacionales o extranjeras, las que en ningún caso podrán participar en el procedimiento de selección previsto en el artículo 18 de dicha ley, revistiendo la tasación en todos los casos, el carácter de presupuesto oficial.
Que el Tribunal de Tasaciones de la Nación, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía, manifestó que se encuentra imposibilitado actualmente de realizar la valuación del total de la empresa solicitada por Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) en un plazo razonable (cf., NO-2025-40294232-APN-TTN#MEC).
Que, en virtud de lo expresado, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el referido artículo 19 de la ley 23.696, resulta necesario instruir a la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” a que lleve a cabo las acciones conducentes para que se realice la tasación del paquete accionario de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) a través de una entidad bancaria perteneciente al Sector Público Nacional, de conformidad con lo expresado por el servicio jurídico permanente de este Ministerio de Economía (cf., IF-2025-71404682-APN-DGAJ#MEC).
Que, a su vez, de acuerdo con lo expresado previamente, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” deberá coordinar las medidas necesarias a los fines de concretar la venta de las acciones del Estado Nacional en Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), en los términos del artículo 2°, inciso a del decreto 494/2025, en el plazo de ocho (8) meses desde la entrada en vigencia de la presente medida, con sujeción a lo establecido en los artículos 5° y siguientes del anexo I del decreto 695/2024.
Que, asimismo, en el marco de lo establecido por el inciso b del artículo 2° del decreto 494/2025, resulta pertinente instruir a la citada Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” a realizar las medidas y acciones necesarias para la venta en bolsas y mercados del país del remanente de las acciones del Estado Nacional en Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) que no sean vendidas de conformidad con lo dispuesto en el inciso a del artículo 2°del aludido decreto.
Que, a fin de garantizar la eficiencia y eficacia del procedimiento, la Secretaría de Obras Públicas de este ministerio deberá elaborar y gestionar la documentación licitatoria -técnica y contractual-, la que deberá contar con la intervención previa de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, pudiendo solicitar la asistencia técnica y operativa de la empresa en cuestión.
Que, por otra parte, corresponde instruir a la Secretaría de Obras Públicas a que arbitre los medios necesarios para que lo dispuesto por la presente medida no afecte la continuidad de la prestación del servicio público de provisión de agua potable y colección de desagües cloacales, de conformidad con lo previsto en el artículo 3° del decreto 494/2025.
Que, por otro lado, atendiendo a lo dispuesto en el decreto 416 del 17 de junio de 2025, se considera pertinente establecer que el procedimiento previsto en el inciso a del artículo 2° del decreto 494/2025, deberá llevarse a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR.
Que la Secretaría de Obras Públicas y la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” de este Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 13 de la ley 23.696, los artículos 7° y 10 de la ley 27.742, el artículo 4° del anexo I del decreto 695/2024 y los artículos 2º, 3º y 4º del decreto 494/2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciase el proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) en los términos del decreto 494 del 22 de julio de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” del Ministerio de Economía a coordinar las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el capítulo II del anexo I al decreto 695 del 2 de agosto de 2024, con el propósito de:
a) Llevar a cabo la contratación de una entidad bancaria perteneciente al Sector Público Nacional para la tasación del paquete accionario de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA).
b) Concretar la venta referida en el inciso a del artículo 2° del decreto 494/2025, dentro del plazo de ocho (8) meses contados desde la entrada en vigencia de la presente medida.
c) Realizar las medidas y acciones necesarias para la venta en bolsas y mercados del país del remanente de las acciones de propiedad del Estado Nacional en Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) que no hayan sido vendidas de conformidad con lo previsto en el inciso a del artículo 2° del decreto 494/2025.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía a realizar las siguientes acciones:
a) Elaborar la documentación licitatoria -técnica y contractual- del proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), la cual incluirá el contrato de concesión correspondiente, debiendo contar con la intervención previa de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”. A dicho efecto, podrá solicitar la colaboración técnica y operativa de la sociedad.
b) Articular las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 3° del decreto 494/2025.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que la venta del paquete accionario establecida en el inciso a del artículo 2° del decreto 494/2025 será llevada a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR, conforme lo dispuesto en el decreto 416 del 17 de junio de 2025.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 19/08/2025 N° 59131/25 v. 19/08/2025
Fecha de publicación 19/08/2025