SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 287/2025
RESOL-2025-287-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 20/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-91120681- -APN-DGDYD#SC, las Leyes Nros. 21.836 y 12.665 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 60 del 4 de febrero de 2025 y su modificatorio, 345 del 21 de mayo de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1° de la Ley N° 21.836 se aprobó la “Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural”, cuyo texto fue adoptado por la CONFERENCIA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA, en su decimoséptima reunión celebrada en la ciudad de París, REPÚBLICA DE FRANCIA, el 16 de noviembre de 1972.
Que, en virtud del artículo 4 de la citada Convención, los Estados Partes reconocieron que “la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio, le incumbe primordialmente” y que ellos procurarán “actuar con ese objeto por su propio esfuerzo y hasta el máximo de los recursos de que disponga…”.
Que, a través del artículo 1° de la Ley N° 12.665 y sus modificatorias se creó la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, que funcionará como unidad organizativa dependiente de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la cual en función del artículo 1° ter de la referida Ley “tendrá a su cargo ejercer la superintendencia sobre los monumentos, lugares y bienes históricos nacionales y demás bienes protegidos (…) en concurrencia con las respectivas autoridades locales cuando se trate de monumentos, lugares y bienes del dominio provincial o municipal, sin perjuicio de las demás atribuciones que le sean otorgadas por la reglamentación …”, e “intervenir con carácter previo y vinculante: a) en toda transacción, transferencia de dominio, gravamen u otra modificación del estatus jurídico de los bienes protegidos en el marco de esta ley; b) en la aprobación o rechazo de toda intervención material sobre los bienes protegidos bajo esta ley, quedando a su cargo la supervisión de las tareas pertinentes”.
Que, por conducto del artículo 2° del Decreto N° 60/25 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, incorporando la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, como unidad organizativa Nivel I.
Que, por el artículo 15 del Decreto N° 345/25 se instruyó a la mencionada Secretaría a conformar un Consejo integrado por un máximo de DIEZ (10) expertos de reconocido prestigio en materia de monumentos, lugares y bienes históricos, que actuará con carácter ad honorem como órgano asesor de carácter vinculante de la precitada unidad organizativa.
Que, por esta razón, corresponde conformar el CONSEJO ASESOR de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con ajuste a las normas de funcionamiento que como Anexo I (IF-2025-91967420-APN-CNMLYBH#SC) forma parte integrante de la presente resolución.
Que, asimismo, se estima adecuado proceder a la designación de los miembros del Cuerpo precitado.
Que, las personas propuestas reúnen los antecedentes y requisitos de idoneidad para cumplir tales funciones.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y en virtud de los artículos 15 del Decreto N° 345/25 y 1°, inciso o), del Decreto N° 392 del 17 de marzo de 1986 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Confórmase el CONSEJO ASESOR de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con ajuste a las normas de funcionamiento que como Anexo I (IF-2025-91967420-APN-CNMLYBH#SC) forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase como integrantes del CONSEJO ASESOR de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a las personas que se consignan en la Planilla que, como Anexo II (IF-2025-91967507-APN-CNMLYBH#SC), forma parte integrante de la presente resolución y de conformidad con el detalle que allí se indica.
ARTÍCULO 3°.- Los miembros del CONSEJO ASESOR de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN designados mediante el presente acto, desempeñarán las funciones a su cargo en carácter ad honorem.
ARTÍCULO 4°.- Exceptúase a los miembros designados mediante el artículo 2° del plazo máximo establecido en el artículo 3° de las NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN aprobadas por el artículo 1° del presente acto, extendiéndose su mandato, salvo renuncia o remoción previa, al período comprendido entre su designación y la culminación del mandato presidencial actualmente en curso.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leonardo Javier Cifelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/08/2025 N° 60230/25 v. 21/08/2025
Fecha de publicación 21/08/2025