AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Decreto 601/2025
DECTO-2025-601-APN-PTE - Dispónese Intervención. Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-92498386-APN-DGD#MS, las Leyes Nros. 22.431 y sus modificaciones y 24.901 y su modificatoria y los Decretos Nros. 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, 836 del 18 de septiembre de 2024 y 599 del 21 de agosto de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 22.431 y sus modificaciones se estableció un Sistema de Protección Integral para las personas con discapacidad, tendiente a asegurar a estas, entre otros aspectos, su atención médica, su educación y su seguridad social.
Que por la Ley N° 24.901 y su modificatoria se instituyó el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Que por el Decreto N° 698/17 y sus modificatorios se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD como organismo descentralizado con autarquía económico financiera y personería jurídica propia, en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, con competencias para el diseño, la coordinación y la ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en dicha situación y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las Leyes Nros. 25.869 y su modificatoria y 26.928, en todo el territorio nacional.
Que por el mencionado decreto se dispuso que la conducción de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD estará a cargo de UN (1) Director Ejecutivo, con rango y jerarquía de Secretario y UN (1) Subdirector Ejecutivo, con rango y jerarquía de Subsecretario, ambos designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que desde el inicio de su gestión este gobierno ha tomado distintas medidas tendientes a ordenar y equilibrar las cuentas públicas, transparentar el gasto y lograr que los recursos disponibles se dirijan de manera eficiente a quienes más lo necesitan, con el objetivo de potenciar el crecimiento económico y el desarrollo del país.
Que por el Decreto Nº 599/25, entre otros extremos, se limitó la designación del doctor Diego Orlando SPAGNUOLO en el cargo de Director Ejecutivo del referido organismo, con fundamento en las razones de público conocimiento y con el fin de que el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN efectúe las investigaciones que resulten necesarias.
Que, en ese contexto, resulta imperativo llevar a cabo una ordenada y completa investigación del organismo y, en su caso, promover una reorganización funcional que permita el cumplimiento de las funciones que se le han encomendado, ajustado a los principios rectores de transparencia, de igualdad en el trato, de eficacia y de eficiencia.
Que, en virtud de ello, deviene necesario disponer la Intervención de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD para que los objetivos tenidos en vista al momento de la constitución del organismo sean efectivamente alcanzados.
Que en caso de que en el marco de la Intervención se detecten anomalías o incumplimientos a la normativa vigente, el Interventor deberá informar con precisión su gravedad económica y el impacto que ocasionan o han ocasionado sobre la gestión desarrollada, debiendo aportar la totalidad de la información o documentos de trabajo respectivos.
Que corresponde que el Interventor disponga las medidas necesarias para asegurar mecanismos ágiles y transparentes en la gestión de las prestaciones a cargo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, con especial foco en su sistema de compras y contrataciones.
Que, por su parte, por el Decreto N° 836/24 se designó a la doctora Romina Gisele NUÑEZ en el cargo de Subdirectora Ejecutiva de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que en atención a la Intervención propiciada por el presente, corresponde limitar la designación de la doctora Romina Gisele NUÑEZ en el referido cargo.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.
Dicho período podrá ser prorrogado por el mismo plazo por el Titular del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase Interventor de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, al doctor Alejandro Alberto VILCHES (D.N.I. N° 12.890.282).
ARTÍCULO 3°.- Limítase la designación de la doctora Romina Gisele NUÑEZ (D.N.I. N° 32.363.063) en el cargo de Subdirectora Ejecutiva de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 4°.- En el ejercicio de su cargo, el Interventor tendrá las facultades de gobierno y administración que el Decreto N° 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios le asigna al Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
En caso de detectarse alguna anomalía o incumplimiento, el Interventor deberá informar con precisión su significatividad económica y el impacto que ocasionan o han ocasionado sobre la gestión, debiendo aportar la totalidad de información o documentos de trabajo respectivos, asesorando sobre las acciones y medidas que corresponda adoptar en cada caso.
ARTÍCULO 5°.- Déjase establecido que en el marco de la Intervención dispuesta en el artículo 1º del presente el Interventor tendrá que elaborar un informe de intervención, en el cual deberá detallarse el estado general de la situación relevada y las recomendaciones a seguir, así como asegurar mecanismos ágiles y transparentes en la gestión de las prestaciones a cargo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, con especial foco en su sistema de compras y sus contrataciones.
ARTÍCULO 6°.- Facúltase al MINISTERIO DE SALUD a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del presente decreto.
ARTÍCULO 7°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Mario Iván Lugones
e. 22/08/2025 N° 60645/25 v. 22/08/2025
Fecha de publicación 22/08/2025