MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1240/2025
RESOL-2025-1240-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2025
Visto el expediente EX-2025-90406275-APN-DGDMDP#MEC, la ley 25.164 y sus modificatorias, los decretos 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, 462 del 7 de julio de 2025 y 585 del 14 de agosto de 2025, la resolución 1 del 8 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 462 del 7 de julio de 2025 se dispuso la disolución del Instituto Nacional de Semillas (INASE), la transformación del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) en una unidad organizativa en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía; y del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), organismo descentralizado actuante en la órbita del citado Ministerio, en un organismo desconcentrado de la citada Secretaría de la mencionada Cartera.
Que por el decreto 585 de fecha 14 de agosto de 2025, se incorporaron como unidades organizativas de primer nivel operativo al Instituto Nacional de Vitivinicultura y a la Dirección Nacional de Semillas, ambas bajo la dependencia de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, aprobándose además las estructuras organizativas de segundo nivel operativo correspondientes.
Que en el artículo 11 del anexo a la ley 25.164 se establece que el personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, o de reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un período máximo de hasta doce (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación.
Que en el artículo 11 del anexo I al decreto 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios se establecen las previsiones a las que se ajustará el régimen de disponibilidad aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad afectado por medidas de reestructuración o reducción de dotación óptima necesaria.
Que mediante la resolución 1 del 8 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE), se aprobó el régimen de personal en situación de disponibilidad aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad y afectado por medidas de reestructuración o de reducción de dotación óptima necesaria, en los términos del artículo 11 del anexo a la ley 25.164.
Que, en ese marco, resulta pertinente proceder conforme la normativa vigente y establecer que el personal detallado en los Anexos I (IF-2025-92349495-APN-DGRRHHMDP#MEC), II (IF-2025-92349634-APN-DGRRHHMDP#MEC) y III (IF-2025-92349964-APN-DGRRHHMDP#MEC), que integran la presente medida, queda en situación de disponibilidad.
Que el área competente de recursos humanos actuante en el ámbito de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Producción de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las atribuciones previstas en el artículo 6° del anexo de la resolución 1/2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE).
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el personal de planta permanente con estabilidad adquirida, que se detalla en los Anexos I (IF-2025-92349495-APN-DGRRHHMDP#MEC), II (IF-2025-92349634-APN-DGRRHHMDP#MEC) y III (IF-2025-92349964-APN-DGRRHHMDP#MEC), que integran esta medida, queda en situación de disponibilidad a partir del dictado de la presente, por el plazo que en cada caso se indica, en los términos del artículo 11 del anexo I al decreto 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, reglamentario de la ley 25.164, como consecuencia de la transformación del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Economía, en un organismo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía; de la disolución del Instituto Nacional de Semillas (INASE); y de la transformación del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) en una unidad organizativa en el ámbito de la citada Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de este ministerio.
ARTÍCULO 2°.- Limítase toda licencia sin goce de haberes, comisión de servicios, adscripción o asignación transitoria de funciones oportunamente dispuesta con relación al personal del ex Instituto Nacional de Semillas (INASE), del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), y del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), desde el dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a los agentes detallados en los Anexos I (IF-2025-92349495-APN-DGRRHHMDP#MEC), II (IF-2025-92349634-APN-DGRRHHMDP#MEC) y III (IF-2025-92349964-APN-DGRRHHMDP#MEC) que integran esta resolución, lo dispuesto en esta medida, de conformidad y en los términos establecidos en el artículo 8° del anexo a la resolución 1 del 8 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE).
ARTÍCULO 5°.- La presente medida entra en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/08/2025 N° 60636/25 v. 22/08/2025
Fecha de publicación 22/08/2025