ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 605/2025
DECTO-2025-605-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-76119343-APN-DGDYD#MJ, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias y los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio, 151 del 28 de febrero de 2025, 304 del 6 de mayo de 2025, 344 del 21 de mayo de 2025 y 582 del 13 de agosto de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias estableció los Ministerios que tienen a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación, los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.
Que por el Decreto N° 151/25 se transfirió la Coordinación del Instituto Emilia y Manuel Patiño de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS FAMILIARES de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA.
Que el Decreto N° 304/25 dispuso que el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal funcionará en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, por lo que en esta instancia procede transferir a dicho Ministerio la Dirección del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA.
Que por el Decreto N° 344/25 se dispuso la transformación del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA y del MUSEO DE SITIO ESMA - EX-CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN, TORTURA Y EXTERMINIO en unidades organizativas a incorporarse a la estructura del CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH) y que la Dirección de Sitios y Espacios de Memoria pasaría a depender de la entonces SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS.
Que por el Decreto N° 735/24 y su modificatorio se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA.
Que por el Decreto N° 582/25 se derogó el Decreto N° 826/11, por el cual se creó el REGISTRO NACIONAL DE BIENES SECUESTRADOS Y DECOMISADOS DURANTE EL PROCESO PENAL en el ámbito de la ex-SECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por lo que resulta procedente suprimir de la estructura organizativa de dicho Ministerio la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE BIENES SECUESTRADOS Y DECOMISADOS DURANTE EL PROCESO PENAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA.
Que atento lo señalado resulta necesario adecuar los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, así como la estructura organizativa del citado Ministerio y derogar, incorporar, homologar y reasignar diversos cargos pertenecientes a la citada Jurisdicción en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que la presente medida no implica un incremento en la cantidad de unidades organizativas de la Administración Pública Nacional.
Que el artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017 dispone que los reglamentos que refieren a la estructura orgánica de la Administración entran en vigencia sin necesidad de publicación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos- del artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA, el Objetivo 9 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL de la SECRETARÍA DE JUSTICIA por el siguiente:
“9. Asistir a la Secretaría en el rescate, asistencia y acompañamiento de las personas damnificadas por el delito de trata, y coordinar con organismos internacionales, nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia, así como con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil, las acciones necesarias para el fortalecimiento de las políticas públicas en materia de restitución de derechos a las víctimas del delito de trata de personas”.
ARTÍCULO 2°.- Transfiérese la Dirección del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
La transferencia aludida comprende los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de revista, cargos y niveles escalafonarios y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyense los Anexos Ic y Id del artículo 1° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio por los que, con igual denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-89703147-APN-UGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4º.- Suprímense del Anexo II del artículo 1° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio la Responsabilidad Primaria y Acciones de las unidades organizativas dependientes de la ex-SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, las de sus dependientes ex-SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS y ex-SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS y las de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE BIENES SECUESTRADOS Y DECOMISADOS DURANTE EL PROCESO PENAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARÍA DE JUSTICIA, todas ellas del MINISTERIO DE JUSTICIA.
ARTÍCULO 5°.- Incorpóranse al Anexo II del artículo 1° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio la Responsabilidad Primaria y las Acciones de las unidades dependientes de la SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-89703339-APN-UGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyense los Anexos IIId y IIIe del artículo 2° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio por los que, con igual denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-89703690-APN-UGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 7º.- Suprímense del Anexo IV del artículo 2° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio las Acciones de las unidades organizativas dependientes de la entonces SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS y las dependientes de la ex-SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS y ex-SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS, todas ellas del MINISTERIO DE JUSTICIA.
ARTÍCULO 8°.- Incorpóranse al Anexo IV del artículo 2° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio las Acciones de las unidades dependientes de la SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-76449962-APN-UGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.- Sustitúyense del Anexo IV del artículo 2° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y su modificatorio las Acciones de la Coordinación Nacional de Rescate y Acompañamiento a Víctimas del Delito de Trata de Personas e incorpóranse a dicho Anexo las Acciones de la Coordinación de Asistencia y Restitución de Derechos a Víctimas del Delito de Trata de Personas, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-89703848-APN-UGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Deróganse, incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE JUSTICIA, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-89704017-APN-UGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA.
ARTÍCULO 12.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Mariano Cúneo Libarona
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/08/2025 N° 61058/25 v. 25/08/2025
Fecha de publicación 25/08/2025