SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 316/2025
RESOL-2025-316-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-114975291- -APN-TNC#MCH, la Ley de Presupuesto Nacional de la Administración Nacional N° 27.701, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios, 958 del 25 de octubre 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024, 1131 del 27 de diciembre de 2024, las Decisiones Administrativas Nros 826 del 02 de octubre de 2019, 1188 del 24 de noviembre de 2022, 3 del 15 de enero de 2025, la Resolución TNC Nº 67 del 21 de marzo de 2024 y la Resolución N° 20 del 15 de noviembre de 2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2098 del 03 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que a través de la Decisión Administrativa Nº 826/19 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del TEATRO NACIONAL CERVANTES, y se homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a dicha jurisdicción.
Que por el Decreto N° 958/24 se otorga la facultad a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que el señor Agustín Wilfredo SERRUYA (D.N.I. N° 33.684.014) fue designado transitoriamente por Decisión Administrativa N° 1188/22, y prorrogado en último término por Resolución TNC Nº 67 del 21 de marzo de 2024 en UN (1) cargo de la planta permanente Nivel A- Grado 0, como Director de Producción del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, actual SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, renovándose hasta el presente.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar la prórroga de la designación mencionada por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, y hasta tanto se sustancie el proceso de selección para la cobertura del cargo, de modo de asegurar el normal desenvolvimiento y gestión de dicha Dirección.
Que el señor Agustín Wilfredo SERRUYA (D.N.I. N° 33.684.014), se viene desempeñando transitoriamente como DIRECTOR DE PRODUCCIÓN del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a partir de la fecha de su respectiva designación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.
Que por el Decreto N° 1148/24 se establece que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza. No obstante, el inciso c) del artículo 2° del precitado Decreto, exceptúa de dicha prohibición a las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.
Que por el Decreto N° 1131/24 se dispuso que a partir del 01 de enero de 2025 regirán las disposiciones de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.701 en los términos del Decreto N° 88/23, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 3/25 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2025.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno y cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN del TEATRO NACIONAL CERVANTES ha tomado la intervención que le compete.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia en el marco de lo establecido en el artículo 18 del Decreto N° 993/24.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada a partir del 15 de Noviembre de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles la designación transitoria del señor Agustín Wilfredo SERRUYA (D.N.I. N° 33.684.014), en UN (1) cargo de la planta permanente Nivel A, Grado 0, como DIRECTOR DE PRODUCCIÓN del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III, IV y VIII- y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 20, SUBJURISDICCIÓN 0 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, dentro de los CINCO (5) de dictado, conforme lo dispuesto por el artículo 3° de la Resolución N°20/24 del mentado Ministerio.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leonardo Javier Cifelli
e. 27/08/2025 N° 61414/25 v. 27/08/2025
Fecha de publicación 27/08/2025