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29 de Agosto de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA NEUQUÉN

La ADUANA DE NEUQUÉN, en virtud de lo dispuesto en el art 1ro y s.s de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el art 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos contados desde de la publicación del presente, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas y/o tributos que por derecho correspondieren, bajo apercibimiento de declarar abandonada a favor del Estado la mercadería abajo detallada, según los términos del artículo 421° del CA (Ley 22.415). Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los art. 2do, 3ro, 4to y 5to de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las misma, presentarse en la ADUANA DE NEUQUÉN sito en calle JUAN JULIÁN LASTRA 2250 de la ciudad de Neuquén.

ACTUACIONACTAFECHAMERCADERIA
19524-1603-2022PARTE NRO 07/22 (GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA)17/09/22DOS (02) NEUMÁTICOS MARCA MAZZINI, RODADO 31X10 50R15LT

Rosario Casajus, Administradora de Aduana.

e. 29/08/2025 N° 62475/25 v. 29/08/2025

Fecha de publicación 29/08/2025