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1 de Septiembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 594/2025

RESOL-2025-594-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2025

VISTO el Expediente EX-2023-127301589-APN-ANAC#MTR, el Convenio de Chicago Ley N° 15.110, el Código Aeronáutico Ley N° 17.285, el Decreto N° 1770 del 29 de noviembre de 2007, la Parte 139 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL N° 17 del 3 de enero de 2019 y la Disposición de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 698 del 16 de diciembre del 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita el proceso de certificación del Aeropuerto Internacional Posadas “LIBERTADOR GRAL. D. JOSÉ DE SAN MARTÍN” de la ciudad de POSADAS, provincia de MISIONES.

Que en el marco de los compromisos internacionales asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA mediante la Ley Nº 15.110, por la cual se aprobó y ratificó el CONVENIO SOBRE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (Convenio de Chicago), esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL debe establecer una reglamentación compatible con las Normas y Métodos Recomendados (SARPs, por sus siglas en inglés) de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL.

Que mediante la Resolución ANAC N° 17/19 se aprobó la Primera Edición de la Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL.

Que mediante el informe N° IF-2024-139674603-APN-DGIYSA#ANAC, se incorporó la nota que presentó la actual empresa AEROPUERTOS ARGENTINA (CUIT N° 30-69617058-0), en su carácter de explotador del Aeropuerto Internacional Posadas “LIBERTADOR GRAL. D. JOSÉ DE SAN MARTÍN” de la ciudad de POSADAS, provincia de MISIONES, presentó el Formulario de Pre-Solicitud para iniciar la Fase 1 del Proceso de Certificación del citado aeródromo, de conformidad con lo establecido en la Sección 139.110 de la Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL.

Que mediante la Disposición DGIYSA N° 698/24, se designó al Equipo de Certificación y Vigilancia conforme a lo establecido en la Sección 139.110.g de Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL.

Que una vez cumplidas las actividades previstas en la Sección 139.110 de la Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, mediante la Nota Nº NO-2024-17916206-APN-DGIYSA#ANAC, notificó al explotador del aeródromo la conclusión de la Fase 1 y los requerimientos formales para el inicio de la Fase 2 del proceso de certificación.

Que mediante los informes Nros. IF-2024-18323601-APN-DGIYSA#ANAC e IF-2024-17827908-APN-DGIYSA#ANAC, la empresa AEROPUERTOS ARGENTINA en su carácter de explotador del Aeropuerto Internacional de Posadas “LIBERTADOR GRAL. D. JOSÉ DE SAN MARTÍN”, de la Provincia de MISIONES, presentó la Solicitud Formal de Certificación del Aeródromo, adjuntando la Carta de Declaración de Cumplimiento y el Manual de Aeródromo de conformidad con las exigencias establecidas en la Sección 139.115 de Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL.

Que mediante la Nota N° NO-2024-18364936-APN-DGIYSA#ANAC, se notificó al explotador del mencionado aeropuerto que se aprueba la Fase 2 del proceso de certificación.

Que de conformidad con las exigencias establecidas en la Sección 139.125 de la Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS efectuó la evaluación de las instalaciones, equipos y servicios del aeródromo, notificando al explotador del aeródromo, mediante la Nota N° NO-2024-139449981-APN-DGIYSA#ANAC la aprobación de las Fases 3 y 4.

Que de acuerdo a las exigencias establecidas en la Sección 139.125.g de la Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, el explotador elaboró un plan de medidas correctivas de acuerdo al Informe N° IF-2025-13252440-APN-ANAC#MEC, las cuales fueron aceptada mediante Nota N° NO-2025-31266208-APN-DGIYSA#ANAC suscripta por el entonces DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 27 de la Ley N° 17.285 Código Aeronáutico y el Decreto N° 1770/07.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Otórguese el Certificado de Aeródromo N° 009 de acuerdo al Informe N° IF-2025-33719546-APN-DGIYSA#ANAC conforme al Apéndice 3 de la Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS AVIACIÓN CIVIL, a favor de la empresa AEROPUERTOS ARGENTINA (CUIT 30-69617058-0) en su carácter de explotador del Aeropuerto Internacional de Posadas “LIBERTADOR GRAL. D. JOSÉ DE SAN MARTÍN” de la ciudad de POSADAS, Provincia de MISIONES.

ARTÍCULO 2°.- Establézcase que el Certificado de Aeródromo otorgado en el artículo 1°, será válido mientras se aseguren las condiciones y procedimientos incluidos en el Manual de Aeródromos del Aeropuerto Internacional de Posadas “LIBERTADOR GRAL. D. JOSÉ DE SAN MARTÍN” de la ciudad de POSADAS, Provincia de MISIONES.

ARTÍCULO 3°.- Establézcase que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, tendrá a su cargo la fiscalización del cumplimiento de la normativa aplicable y de las condiciones y procedimientos incluidos en el Manual de Aeródromo del Aeropuerto Internacional de Posadas “LIBERTADOR GRAL. D. JOSÉ DE SAN MARTÍN”, de la Provincia de MISIONES.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, a la empresa AEROPUERTOS ARGENTINA, en su carácter de explotador del Aeropuerto Internacional de Posadas “LIBERTADOR GRAL. D. JOSÉ DE SAN MARTÍN” de la ciudad de POSADAS, Provincia de MISIONES.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido archívese.

Oscar Alfredo Villabona

e. 01/09/2025 N° 62616/25 v. 01/09/2025

Fecha de publicación 01/09/2025