MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1063/2025
RESOL-2025-1063-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2025
VISTO, el Expediente Nº EX-2025-81822562- -APN-DNAAJYM#ANMAC, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, las Leyes Nros. 27.192 y 27.701, los Decretos Nros. 445 del 30 de junio de 2025, 1.148 del 30 de diciembre de 2024, 1.131 del 27 de diciembre de 2024, 958 del 25 de octubre de 2024, 8 del 10 de diciembre de 2023, 426 del 21 de julio de 2022, 2.098 del 3 de diciembre del 2008 y la Decisión Administrativa Nº 479 del 17 de mayo de 2016, la Resolución ANMaC Nº 20 del 11 de enero 2016; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1.131/24 se dispuso que a partir del 1º de enero de 2025 regirán las disposiciones de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias.
Que por la Decisión Administrativa N° 3/25 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del ejercicio fiscal 2025.
Que por la Ley Nº 27.192 se creó la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS como un ente descentralizado.
Que por el Decreto N° 8/23 se dispuso que la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS actuara como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que la Decisión Administrativa Nº 479/2016 aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado actuante hoy en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que, mediante la Resolución de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS Nº 20/2016, modificada por la Resolución ANMaC Nº 15/2020, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la citada Agencia.
Que por el Decreto N° 445/25, se dispuso la transformación de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, creado por la Ley N° 27.192, en el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, organismo desconcentrado dependiente de la citada jurisdicción.
Que conforme la sustitución del Artículo 26 de la Ley N° 27.192, se determinó que aquellas normas que hagan mención a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, su competencia o sus autoridades, se considerarán realizadas al REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, y se estableció que se mantendrá el personal con sus cargos, su situación de revista y las unidades organizativas vigente de la ANMaC hasta tanto se adecúe la estructura del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que el inciso c) del artículo 2º del Decreto Nº 426/22, establece los requisitos para poder efectuar las contrataciones prohibidas por el Artículo 1º del mencionado decreto.
Que el inciso b) del artículo 2º del Decreto Nº 1.148/2024, establece los requisitos para poder efectuar las contrataciones prohibidas por el Artículo 1º del mencionado decreto.
Que por el artículo 2º del Decreto Nº 958/24 se estableció que; “… Corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesorode la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita … “.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Fiscalización, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACION, RESGUARDO Y DESTRUCCION DE MATERIALES CONTROLADOS de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, hoy REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, organismo desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que el DIRECTOR EJECUTIVO del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS propició la contratación del Agente cuya tramitación se efectúa por el presente expediente.
Que la persona cuya contratación se propone, reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas.
Que ha tomado intervención la Coordinación de Recursos Financieros de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURIDÍCOS Y MODERNIZACIÓN de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS actual REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, certificando la existencia de crédito presupuestario suficiente.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURIDÍCOS Y MODERNIZACIÓN del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, como así también la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Qué asimismo, ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que, por su parte, también intervino en virtud de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que la financiación del contrato cuya aprobación se propicia, será atendida con cargo a las partidas específicas de os créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la presente medida se dicta en orden a lo establecido en la Ley N° 22.520 y sus modificaciones y en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 11 de julio de 2025 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha antes mencionada, al Ingeniero DEGOUMOIS VASQUEZ, Sebastián Rodrigo (D.N.I. N° 26.244.276), en el cargo de Director de Fiscalización de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACION, RESGUARDO Y DESTRUCCION DE MATERIALES CONTROLADOS de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS hoy REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, organismo desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, Nivel B - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2º.- Cúbrase el cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV, VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 11 de julio de 2025.
ARTÍCULO 3º.- Atiéndase el gasto que demande el cumplimiento de este acto con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL – SAF Nº 208 – AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, actual REGISTRO NACIONAL DE ARMAS.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
e. 04/09/2025 N° 64406/25 v. 04/09/2025
Fecha de publicación 04/09/2025