ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 269/2025
RESFC-2025-269-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2025
VISTO el Expediente EX-2020-47853409-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 20.429 y 22.351, los Decretos Nros. 395 de fecha 20 de febrero de 1975, 56 de fecha 23 de enero de 2006 y 647 de fecha 16 de septiembre del 2022, y las Resoluciones del Directorio Nros. 40 de fecha 20 de enero de 2023 y 379 de fecha 22 de junio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución RESFC-2023-40-APN-D#APNAC de fecha 20 de enero de 2023 citada en el Visto, el Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES aprobó el REGLAMENTO GENERAL DE ACTUACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DE ARMAS DE FUEGO POR PARTE DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.
Que a través del Decreto Nº 647 de fecha 16 de septiembre de 2022 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.
Que el Artículo 101 del precitado Decreto indica que “La tenencia, portación y uso de armamento por parte del personal que integra el CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES se ajustará a lo que establezca la reglamentación específica de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.”
Que por la Resolución del Directorio Nº 379 de fecha 22 de junio de 2022, se modificó la estructura organizativa de este Organismo, incorporando la Coordinación Operativa, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones.
Que conforme surge de la Resolución precitada, dicha Coordinación tiene incorporada como una de sus acciones supervisar y coordinar todo lo atinente al armamento del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, la capacitación de los agentes y las gestiones requeridas ante la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC).
Que atenta la importancia que tiene para el Organismo la correcta aplicación e implementación del cuerpo normativo citado, corresponde readecuar el REGLAMENTO GENERAL DE ACTUACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DE ARMAS DE FUEGO POR PARTE DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.
Que por ello, resulta conveniente disponer de un texto reglamentario actualizado que prevea lo atinente a la provisión y uso de armamento, vinculado a la función de policía administrativa que compete al personal del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.
Que la Unidad de Auditoría Interna, las Direcciones Nacionales de Conservación y de Operaciones, las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Sumarios e Investigaciones Administrativas han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f), i) y w) de la Ley Nº 22.351, y conforme lo estipulado en el Artículo 101 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES homologado por el Decreto Nº 647/2022.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Anexo de la Resolución del Directorio RESFC-2023-40-APN-D#APNAC de fecha 20 de enero de 2023 por el Anexo IF-2025-98959967-APN-DNO#APNAC.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que, a través del Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se proceda a publicar la presente Resolución por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Cumplido, gírense las actuaciones a la Coordinación Operativa Dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones para la prosecución del trámite correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Walter Rubén Scibilia Campana - Maria Victoria Haure - Guillermo Eduardo Diaz Cornejo - Marcelo Miguel Forgione - Sergio Martin Alvarez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/09/2025 N° 67175/25 v. 12/09/2025
Fecha de publicación 12/09/2025